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de lo que dicho es con por sentencia pasada en cosa
juzgada e rrenuncio las leyes de mi favor
con la general del derecho fecho en la cuidad
de Cholula o en ocho dias del mes de agosto
de mil seisientos y dos años e yo el otorgante
que yo el escrividor doy fe que conozco lo firmo de
su nombre Luis de Guzman y Lucas Martin
testigos al [...] de esta cuidad
[Al centro]Bartolome
Rodrigues [rúbrica]

[Al margen derecho]
Ante mi
Juan Franco
escribano publico [Rúbrica]

[Al margen izquierdo]
Obligación
Alonso Pérez
a Francisco de Naba
rrete y Bartolome
Serrano
Officio

Sepan cuantos esta carta vieren
como yo Francisco de Nabarrete y Bartolomé de Serrano
labradores en la villa de Sacatepeque
y estantes en esta cuidad de Cholula ambos a dos
juztamente de mancomun y a voz
de uno y de cada uno de nos por si epor de todo
renunciando las leyes de la mancomunidad
dibicion y escurcion como en ellas
se contiene otorgamos y conozemos
por esta carta que devemos y nos obligamos
de pagar a Alonso Perez Gudile vesino de esta ciudad
va quien su poder o viere seiscientos
y treinta y seis pesos de oro comun los cuales
le devemos y son por razon de ocho bes
tias mulares y cuatro machos serreros

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