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y estén con la decencia, y reverencia debida, y los que en esto
fueren negligentes, sean gravemente castigados por nuestros visi
tadores.
Capítulo trece que el día de Jueves Santo
esté el Santo Sacramento bien acompañado.
Gran devocion deve tener el pueblo y [piano] quando se encierra el santisimo
sacramento por el gran misterio que alli se trata y encierra y ansies mucho
rrazon que [udos] los fieles y [pianos] frequenten áquel dia las yglesias
y acompañen el sanctisimo sacramento que esta encerrado que los monumentos
y porque tenemos entendido quel descuido en esto que por yr a la procesion
de los deciplinantes los dexan solo con poca conpania lo qual no carese [es]
te y rreverencia y falta de sentimiento para rremedio de lo sobre [el] [P.S.LC.]
ordenamos y mandamos que se avise al [padre] deste descuido para que [udos]
lo entiendan y enmienden y queremos y es nuestra voluntad que en
las yglesias cathedrales de tal manera se rrepartan los prevendados
aquella noche que sienpre que den algunos aconpañando al sanctisimo
sacramento juntamente con los otros [cortado]gos que alli estuvieren y [en]las demas
yglesias donde ubiere monumento y aya pocos clerigos se de orden como
sienpre aya quien aconpañe al sanctisimo sacramento lo qual se haga
por la mejor manera posible
Capítulo catorze que se hagan los officios
divinos conforme a lo sevillano
Cosa es mui decente que todas las yglesias sufraganeas a esta sancta
yglesia de [mexa] se conformen con ella al rrezar del Illustrissimo divino mayor
y menor y esta yglesia arc'obispal desde su primera ynstitucion y
ereccion sienpre a rrezado y rreza conforme a la sancta yglesia de [sevi]
y porque aya esta conformidad [Su Alteza C.] ordenamos y mandamos que
todas las yglesias a esta sufraganeas canten el coro y hagan el
officio mayor y menor conforme a los misales nuevos y breviarios
de la dicha [Yglesia] de Sevilla hasta tanto que venga el breviario y
misal de que se haze mincion quel libro del sancto concilio tridentino y
que el dicho officio divino se haga segun y como por nos esta dispuesto
y mandado que las sinodales que [aquel] sinodo provincial pasado se ordenaron
Capítulo quinze que la orden que se a de tener
en el [taner] de las ovas
[X] se de [taner] en [udo] tienpo a las seye y media prima y [taner]sela canpana
grande hasta las siete y la pequeña hasta las siete y media y enconces;
comencara la prima a misa se a de comec'as a [taner] desde las ocho y media
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