| page_0026En la ciudad de cholula en quinze dias del mes
de abril de myll y sesisçientos y tres años ante
alvaro de olarte theniente de corregidor
por don juan de saavedra gusman corregidor
en ella por su magestad paresçieron miguel martines
sazcedo y alonso garçia barragan albaçeas
y tutores y curadores de las personas y bienes
que quedaron de diego ruyz diffunto y dixeron
que ellos pidieron que unas casas que quedaron
del dicho diffunto se bendiesen en la persona
que mas por ellas diera y confforme a derecho
andubieron treintas dias en pregon y para
que se bendan y rematen pidieron que
andubiesen en el y se rematasen en la
persona que mas por ella dieren etcetera
e por el dicho theniente visto lo pedido por estos
susodichos y autos desta causa mando que
las dichas casas anden en pregon e publica
almoneda y se rrematen en la persona
que mas por ellas diere y en cumplimyento de lo
susodicho estando a la puerta de las casas
rreales desta sivdad en presençia de mu
cha gente que presente estava y del dicho
theniente y los sus dichos Por bos del domingo
negro pregonero andubieron en visita
y publica almoneda las casas contenidas
en esta causa diçiendo que se bendan de
pedumyento de los dichos albaçeas e por bienes
de diego ruyz diffunto y que se abian
de rrematar luego de contado en la
persona que mas por ellas diera y an
dado en el dicho pregon y haziendo las dili
gençias neçesarias por el dicho pregonero | page_0026En la ciudad de cholula en quinze dias del mes
de abril de myll y sesisçientos y tres años ante
alvaro de olarte theniente de corregidor
por don juan de saavedra gusman corregidor
en ella por su magestad paresçieron miguel martines
sazcedo y alonso garçia barragan albaçeas
y tutores y curadores de las personas y bienes
que quedaron de diego ruyz diffunto y dixeron
que ellos pidieron que unas casas que quedaron
del dicho diffunto se bendiesen en la persona
que mas por ellas diera y confforme a derecho
andubieron treintas dias en pregon y para
que se bendan y rematen pidieron que
andubiesen en el y se rematasen en la
persona que mas por ella dieren etcetera
e por el dicho theniente visto lo pedido por estos
susodichos y autos desta causa mando que
las dichas casas anden en pregon e publica
almoneda y se rrematen en la persona
que mas por ellas diere y en cumplimyento de lo
susodicho estando a la puerta de las casas
rreales desta sivdad en presençia de mu
cha gente que presente estava y del dicho
theniente y los sus dichos Por bos del domingo
negro pregonero andubieron en visita
y publica almoneda las casas contenidas
en esta causa diçiendo que se bendan de
pedumyento de los dichos albaçeas e por bienes
de diego ruyz diffunto y que se abian
de rrematar luego de contado en la
persona que mas por ellas diera y an
dado en el dicho pregon y haziendo las dili
gençias neçesarias por el dicho pregonero |