| page_0029Con ce[r?] ordinario se procuren escussar di
ferencias y en las cossas liuianas se con
çierten. C[onfirmado?] M[adri]d 25 Hen[er]o 1530
Si el Fiscal o Reo dieren ynformaçion
de derecho se den a los consultores para que
lo vean despaçio en sus cassas. Arç[o]b[is]p[ad?]o
V[en?]ta 19 dizienbre 1527 f[oja?] 142
ojo
Aunque conforme a derecho no se a de admi
tir al Ordinario sino en los casos que dis
pone pero, porque segun la Variedad de los
tiempos se a de dispenssar con las [????]
le admitan a la audi[enci]a las Vezes que el qui[er]e
y no llamandole si no a lo que de derecho
se deue porque seria pessadissima auerse
de aguardar. y quando les paresçiere. Im
porta no sea el ordinaria algun Testigo
con dissimulacçion podran dar orden
se buelua a hora que no este allí. | page_0029Con ce[r?] ordinario se procuren escussar di
ferencias y en las cossas liuianas se con
çierten. C[onfirmado?] M[adri]d 25 Hen[er]o 1530
Si el Fiscal o Reo dieren ynformaçion
de derecho se den a los consultores para que
lo vean despaçio en sus cassas. Arç[o]b[is]p[ad?]o
V[en?]ta 19 dizienbre 1527 f[oja?] 142
ojo
Aunque conforme a derecho no se a de admi
tir al Ordinario sino en los casos que dis
pone pero, porque segun la Variedad de los
tiempos se a de dispenssar con las [????]
le admitan al auor[?????]a las Vezes que el qui[er]e
y no llamandole si no a lo que de derecho
se deue porque seria pessadissima auerse
de aguardar. y quando les paresçiere. Im
porta no sea el ordinaria algun Testigo
considd |