| page_0019Las Vea con particular cuydado y no exceda de su
thenor, pues de averse hecho lo contrario de lo que
por ella de esta [dispreelto?] sean seguido las puissiony
y secretos de las personas de D.P. hernandez Victoria
Manuel haria y Puy Diaz Nieto, teniendo obliga[ci]on
de no hacerlas hasta don Sga. aesle tribunal como esta
proveydo por [Cainstucion?] treze de las ynstruciones que se
embiaron por Mareo de la no pas[a]do de 1583 que nos han
causado mucha pena y avidado respecto de lo mucho que
conviene y en el dicho officio se dessea que en las capturas
y secretos aya mucho tiento Justifica y considera en
por lo que principalmente vienen apadescero sub honra y hazi
endar y sera bien que quien assi abriere y dichos se spa
chor y quisiere exercer el officio de tal comisa embie
luego la memoria de su padre y abuelos y naturalezas
dellos para que se haga confirma[cio]n segun y [theo] de este dicho
officio y se le de [tts?], Dios gl[oria] a V. Ra. dicha.
Mex[i]co, lo de [pelra] 1600 el licen[cia]do don
Alo de Pelralta, el licen[cia]do, [Gris?] Ber[nar]do de la
[euiros]
Manila Por carta Con carta del licen[cia]do Bartholome
a qual quiera de los Gonzales [commissa?] de este [do?] officio en essa
religios arriba nom :
brados ciudad, que por algunas Justas causas esta
proveydo no ecerca su offico, hasta que sea [urras?] | page_0019Las Vea con particular cuydado y no exceda [de su
thenor?], pues de averse hecho lo contrario de lo que
por ella [de la?] [dispreelto?] sean seguido las [puission]
y secretos de las personas de [D.P.] hernandez Victoria
Manuel haria y [Puy?] Diaz Nieto, teniendo obliga[ci]on
de no hacerlas hasta don Sga. aesle tribunal como esta
proveydo por [Cainstucion?] treze de las [instuaciones?] que se
embiaron por Mareo de la no pas[a]do de 1583 que nos han
causado mucha pena y avidado respecto de lo mucho que
conviene y en el [otro?] officio se dessea que en las capturas
y secretos aya mucho tiento Justifica y considera en
por lo que principalmente vienen apadescero sub honra y hazi
endar y sera bien que quien assi abriere y pros de [pa
chor?] y quisiere exercer el officio de tal comisa embie
luego la memoria de su padre y abuelos y naturalezas
dellos para que se haga confirma[cion]segun y [thelo] de [este?]
officio y se le de [lls?], Dios [gl?] V. Ra. dicha.
Mex[i]co, lo de [pelra] 1600 el licen[cia]do don
Alo de Pelralta, el licen[cia]do, [Gris?] Ber[nar]do de la
[euriros]
Manila Por carta Con carta del licen[cia[do Bartholome
a qual quiera de los Gonzales [commissa?] de este [do?] officio en essa
religios arriba nom :
brados ciudad, que por algunas Justas causas esta
proveydo no ecerca su offico, hasta que sea [urras?] |