| page_0011[Viene de página 0010 – co]rrejir sus [exsesos / excesos] y atrevimientos, se saldrían con
lo que quieren, que es trabajar solo quando les da
la gana, y venir a la hora que se les antoja, y
que para la prueba de ser cientos los atrevimientos y
[¿Hoxedad?] de los Yndios; y que no se les hacen los cas=
tigos y malos tratamientos que dizen; se remite
a la aberiguación que haga el presente Theniente
con la demás gente operaria del obraje. Y esto res=
pondio y firmo conmigo, y los testigos de mi asistencia
de que doi fee= [lista de fe de erratas: ¿en terreno? = ¿viven? = vale = ¿test do? = dos = ¿no[...]e? =]
Joseph de Mendoza, Eugenio Angustin de Goicochea
Ass[istenci]a
Juan J[ose]ph Alvarez
Ass[istenci]a
Juan Manuel Carabes
[Notificacion a
[…]
los Yndios: y
certificación
de su Resulta]
Inmediatamente y por [¿ante mí?] d[ic]ho Theniente, y testigos de asis=
tencia comparecieron los Yndios gañanes, obrajeros de esta
Hazienda justamente con las Yndias hilanderas; y estan=
do todos presentes, por medio del Interprete, se les hizo saver
[de] que tienen respondido, su amo y el administrador del
obraje, sobre que ellos mismos son los que dan motibo, con
su engreimiento, [¿flaxedad?], y poco respecto que les tienen; a que
se les [reprehenda y castigue] y conforme á lo mandado
en el auto proveido por el [¿… S[e]ñor Administrador?] se les amoneste
que se abstengan en lo de delante de semejantes exse=
sos; y les notifique [¿baxo /bajo?] el apercebimiento de que se prose=
dera contra ellos á todo lo que aya lugar por dere=
cho, acudan á las obligaciones de su cargo, ocurriendo
en tiempo a el trabajo del obraje, y labor del cam=
po, según y en la forma que lo han tenido de [¿cons / cos?]=
tumbre, guarden toda obediencia y respecto a su amo
administrador y mayordomos: [¿Y?] quedando estos en=
Sigue en pagina 0012 =tendidos | page_0011[Viene de página 0010 – co]rrejir sus [exsesos / excesos] y atrevimientos, se saldrían con
lo que quieren, que es trabajar solo quando les da
la gana, y venir a la hora que se les antoja, y
que para la prueba de ser cientos los atrevimientos y
[¿Hoxedad?] de los Yndios; y que no se les hacen los cas=
tigos y malos tratamientos que dizen; se remite
a la aberiguación que haga el presente Theniente
con la demás gente operaria del obraje. Y esto res=
pondio y firmo conmigo, y los testigos de mi asistencia
de que doi fee= [lista de fe de erratas]
Joseph de Mendoza, Eugenio Angustin de Goicochea
Ass[istenci]a
Juan J[ose]ph Alvarez
Ass[istenci]a
Juan Manuel Carabes
[Notificacion a
[…]
los Yndios: y
certificación
de su Resulta]
Inmediatamente y por [¿ante mí?] d[ic]ho Theniente, y testigos de asis=
tencia comparecieron los Yndios gañanes, obrajeros de esta
Hazienda justamente con las Yndias hilanderas; y estan=
do todos presentes, por medio del Interprete, se les hizo saver
[de] que tienen respondido, su amo y el administrador del
obraje, sobre que ellos mismos son los que dan motibo, con
su engreimiento, [¿flaxedad?], y poco respecto que les tienen; a que
se les [reprehenda y castigue] y conforme á lo mandado
en el auto proveido por el [¿… S[e]ñor Administrador?] se les amoneste
que se abstengan en lo de delante de semejantes exse=
sos; y les notifique [¿baxo /bajo?] el apercebimiento de que se prose=
dera contra ellos á todo lo que aya lugar por dere=
cho, acudan á las obligaciones de su cargo, ocurriendo
en tiempo a el trabajo del obraje, y labor del cam=
po, según y en la forma que lo han tenido de [¿cons / cos?]=
tumbre, guarden toda obediencia y respecto a su amo
administrador y mayordomos: [¿Y?] quedando estos en=
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