| page_0009que ha[si] distrubuyese conforme a la Clausula del d[ic]ho, testamento:
e asi leido, e notificado, ese mi requerimento, me dareis testiomonio,
del, con la notificacion, e respuesta, que a[qu]ellos los d[ic]hos relixiosos, tuviese
en publico forma, de manera que haga para que conforme,
cumpla lo que el d[ic]ho Ruiz de Leon, dexa ordenado, con
lo que a[qu]ello fuesen precentes: D[o]N Luiz de Velasco, en la Cui
respues[ta] dad de Mexico: a los nueve dias del mez de Julio, de mill quini
entos Cienquenta e siete a[ñ]o; ante los testigos, de
el Yllus[tri]mo. Señor, Viso Rey, D[o]n Luiz de Velasco entregó.
a mi Juan de Cueva Escribano, el d[ic]ho pedimento, e requerimen
to firmado, de [su?] Nombre, e me mando e pidio lo notifca[ss?]e, con
las Clausulas, del Thestamento de Luiz de Leon Romano; que
en el se hace mencion, del Guardian, de Frayles, y convento del,
Monasterio, de S[a]n Fran[cis]co de esta Cuidad; a lo que al fueron testi
gos: Fray Fran[cis]co: [toxal?] y Fray Alonzo de Molina; e Albano de
Zamora, e Juan de Cueva. _____________________________
El dicho dia mez y año, de lo d[ic]ho ya del d[ic]ho Escribano, fui a el monas
terio de S[a]n Fran[cis]co de esta cuidad, e de noticia, a el Guardian de
d[ic]ho Monasterio, como hiba por mandado, de d[ic]ho Señor Viso Rey a no
tificar el d[ic]ho requerimento, que mandasse, para ello junta[se?]
a Capitulo, los Relixiosos, de dicho Monasterio; luego se ta[ñ?]o una Cam
pana, con la qual se dixo, se acostumbra, llamar a Capitulo, para
entender, en las cosas tocantes, a la orden; y en el Capitulo donde
se acostumbra, juntarse, se juntaron los Relixiosos, siguientes
______________________________________________________ | page_0009que ha[si] distrubuyese conforme a la Clausula del d[ic]ho, testamento:
e asi leido, e notificado, ese mi requerimento, me dareis testiomonio,
del, con la notificacion, e respuesta, que a[qu]ellos los d[ic]hos relixiosos, tuviese
en publico forma, de manera que haga para que conforme,
cumpla lo que el d[ic]ho Ruiz de Leon, dexa ordenado, con
lo que a[qu]ello fuesen precentes: D[o]N Luiz de Velasco, en la Cui
respues[ta] dad de Mexico: a los nueve dias del mez de Julio, de mill quini
entos Cienquenta e siete a[ñ]o; ante los testigos, de
el Yllus[tri]mo. Señor, viso Rey, D[o]n Luiz de Velasco entregó.
a mi Juan de Cueva Escribano, el d[ic]ho pedimento, e requerimen
to firmado, de [su?] Nombre, e me mando e pidio lo notifca[ss?]e, con
las Clausulas, del Thestamento de Ruiz de Leon Romano; que
en el se hace mencion, del Guardian, de [...], y conventos del,
Monasterio, de S[a]n Fran[cis]co de esta Cuidad; a lo que al fueron testi
gos: Fray Fran[cis]co: y Fray Alonzo de Molina; e Albano de
Zamora, e Juan de Cueva. _____________________________
El dicho dia mez y a[ñ]o del d[ic]ho Escribano, fu a el monasterio
de S[a]n Fran[cis]co de esta ciudad, e de noticia, a el Guardian de
d[ic]ho Monasterio, como hiba por mandado, de d[ic]ho Señor Viso Rey a no
tificar el d[ic]ho requerimento, que mandase, para ello juntan
a Capitulo, los Relixiosos, de dicho Monasterio; luego se taño una Cam
pana, con la qual se dixo se acostumbra a llamar a Capitulo, para
entender, en las cosas tocantes, a la orden: y en el Capitulo donde
le acostumbra, juntarse, se juntaron los Relixiosos, siguientes
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