| frc_vol004_0131_bsepan quantos esta carta vieren como yo
Fran[cis]co de Sotomayor v[e]z[ino] de [e]sta [ci]udad de Cholula
y yo doña Ma[ria] de Cespedes su legitima muger conli
encia autoridad espreso consentim[ient]o
que pido al d[ic]ho mi marido para juntam[en]te
con el hazer y otorgar [e]sta escriptura y lo
que en ella sea declaras e yo el suso d[ic]ho
otorgo que doy concedo la d[ic]ha licencia a la
d[ic]ha mi muger para el efeto que por ella
me es pedido y es mas dada lo qual me obligo
deaver por ffio poder y en todo t[iem]po de espre
sa obligacion que hago de mi persona y bienes
la que yo la suso d[ic]ha a esto y de ella y usando
ambos a su marido y muger juntam[en]te
de mancomun y a bezes uno y cada uno de
nos pers[ona] y por el todo ynsolidum m[an]do las
leyes de la mancomunidad division
y escurcion como en ellas se c[u]m[plie]re otorg[amos]
y con zemos por esta carta que devemos
y nos obliganmos de pagar a Juan de Car
denas v[e]z[ino] de la [ci]udad de los Angeles
ausente o a que su poder y huviere
ciento y noventa y dos p[es]os de oro comu[n] las
en la [...] enonson [enajenacion] perc[i]v[ida] donde una
pipa de vino de xeres que del suso d[ic]ho re
nuncia cumplida e la d[ic]ha cantidad
esta en su con su poder rrealmente y con este to [efecto]
y en rrazon de la entrega que de
mii par[t]e rrenunciamos las leyes de la
entrega e princip a ella paga como
en ellas se contiene las quales d[i]chos
ciento y noventa y dos p[es]os le daremos | frc_vol004_0131_bsepan quantos esta carta vieren como yo
Fran[cis]co de Sotomayor v[e]z[ino] de [e]sta [ci]udad de Cholula
w yo doña Ma[ria] de Cespedes su legitima muger con er
encia autoridad espreso consentim[ient]o
que pido al d[ic]ho mi marido para juntam[en]te
con el hazer y otorgar [e]sta escriptura y lo
que en ella ay al declaras e yo le siso d[ic]ho
otorgo que doy concedo la d[ic]ha erencia a la
d[ic]ha mi muger para el efeto que por ella
me es pedido y demas dada lo qual me obligo
deaver possicion poder y en todo tipos de espre
sa obligacion que hago de mi persona y bienes
los que y d[ic]ho ciceto y de ella husando
ambos dos marido y muger juntam[en]te
que en comun y abzi de uno y cada uno le
nos persi e por el todo ynsolidum m[an]do las
leyes de la mancomunidad division
y escurcion la como en ellas se fuere otorga[d]o
y con zemos por esta carta que devense
y nos obligan de pagar a Juan de Car
denas v[e]z[ino] de la [ci]udad de los Angeles
ausente da quen su poder qiere
ciento y noventa y dos p[es]os de oro como las
[...] donde una
prinpal de uno dexeres que del sinto d[ic]ho re
nuncia cumplida e la d[ic]ha cantidad
restcauro poder rrealmente y con esteto
y enunciazion de la entre que del pres[en]te
ni par[t]e rrenuncian las leyes de la
entrega e principales paga como
en ellas se contiene las quales ochos
ciento y noventa y dos p[es]os le dare mas |