| page_0043En el nonbre de dios amen como la ciudad de
cholula en quinse [dias] del mes de febrero
de myll y seis cientos y tres ante my escribano publico
[y so] parescio diego rruis lozano [...] [de esta ciudad]
a quien conosco hecho [...] en cama y a lo que
parecia en su memoria [juysio] y [entendimiento]
tal qual [dios mio] señor fue serbido de el dar
y [crey] el en todo a [quello] que tiene y [cree]
las [...] yglesia de bajo de cuay fe
y crehencia [protesta] [...] y morir y [...] que
por quanto ante my [escribano publico] tiene
hecho y [otorga] su testamento y hultima
boluntad y al presente tiene algunas
cossas que le agravan a su consiencia
y para el rremedio dellas en la mas
solene forma que [...] quiere [hase] este
codicilio en la manera siguiente [línea de cancelación]
y ten [dico] que por quanto en el dicho [su]
testamento dexa nonbrados sus hijos
y herederos y entre ellos pare estan diego
rruis y francisco rruis y leonor gracia mayores
de dies [años] y menores de veynti cinco y porque
estan en hedad pupilar y como tales
an menester persona que los [rriga] y go
vierne y en cuyo poder entren los bienes
que en qual quier manera las pudiere
[por tenescer] por tanto [constando]
[línea de cancelación] [rúbrica] | page_0043En el nonbre de dios amen como la ciudad de
cholula en quinse [dias] del mes de febrero
de myll y seis cientos y tres ante my escribano publico
[y so] parescio diego rruis lozano [...] [de esta ciudad]
a quien conosco hecho [...] en cama y a lo que
parecia en su memoria [juysio] y [entendimiento]
tal qual [dios mio] señor fue serbido de el dar
y [crey] el en todo a [quello] que tiene y [cree]
las [...] yglesia de bajo de cuay fe
y crehencia [protesta] [...] y morir y [...] que
por quanto ante my [escribano publico] tiene
hecho y [otorga] su testamento y hultima
boluntad y al presente tiene algunas
cossas que le agravan a su consiencia
y para el rremedio dellas en la mas
solene forma que [...] quiere [hase] este
codicilio en la manera siguiente [línea de cancelación]
y ten [dico] que por quanto en el dicho [su]
testamento dexa nonbrados sus hijos
y herederos y entre ellos pare estan diego
rruis y francisco rruis y leonor gracia mayores
de dies [...] y menores de veynti cinco y porque
estan en hedad pupilar y como tales
an menester persona que los [rriga] y go
vierne y en cuyo poder entren los bienes
que en qual quier manera las pudiere
[por tenescer] por tanto [constando]
{línea de cancelación] [rúbrica] |