| page_0027Parescio Rodrigo mendez del castillo
[cerajero] de esta [ciudad] [...] que [...]
puestas las dichas casas en trecientos
pesos de [...] que se abian de pagar
[...] de contado [sabiendose] de [rremate]
ellas y an si de nuevo [...] las dichas
casas en los dichos trecientos pesos con todo
lo que le pertenese y por el dicho pregonero
fue declarada la dicha postura [...]
trescientos pesos de [oro] [...] por las casas
que quedaron de [...] estando que
[...] pagar y luego rrematar diciendo
de dicho pregonero trescientos pesos dan por
las dichas casas y quien digamos a la
[...] a lados y a lo [...] pues [...]
quien digamos trescientos pesos dan por
las dichas casas y sean de rrematar
luego si [uviere] alguna persona [las]
[puje] haga lo [dicho ...] y habiendo muchas
diligencias por el dicho pregonero se [aper]
[cibo] la dicha postura de los dichos trecientos
pesos [tornado] a decir trescientos pesos dan
por las dichas casas a quien diga mas
a la una y a las dos y a la tercera bue
na buena y verdadera buena por lo
aga y de [consen...] de los dichos mi
guel martines y alonso gracia a que presen
tes estan an al dicho [rremate] y [se hizo el dicho]
rrodrigo mendes en los dichos trescientos pesos
el qual [estando] [presente] [...] dicho rre
mate y se [...] de pagar [luego] de
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[cerajero] de esta [ciudad] [...] que [...]
puestas las dichas casas en trecientos
pesos de [...] que se abian de pagar
[...] de contado [sabiendose] de [rremate]
ellas y an si de nuevo [...] las dichas
casas en los dichos trecientos pesos con todo
lo que le pertenese y por el dicho pregonero
fue declarada la dicha postura [...]
trescientos pesos de [oro] [...] por las casas
que quedaron de [...] estando que
[...] pagar y luego rrematar diciendo
de dicho pregonero trescientos pesos dan por
las dichas casas y quien digamos a la
[...] a lados y a lo [...] pues [...]
quien digamos trescientos pesos dan por
las dichas casas y sean de rrematar
luego si [uviere] alguna persona [las]
[puje] haga lo [dicho ...] y habiendo muchas
diligencias por el dicho pregonero se [aper]
[cibo] la dicha postura de los dichos trecientos
pesos [tornado] a decir trescientos pesos dan
por las dichas casas a quien diga mas
a la una y a las dos y a la tercera bue
na buena y verdadera buena por |