| page_0027Parescio Rodrigo mendez del castillo
[cerajero] de esta [ciudad] [...] que [...]
puestas las dichas casas en trecientos
pesos de [...] que se abian de pagar
[...] de contado [sabiendose] de [rremate]
ellas y an si de nuevo [...] las dichas
casas en los dichos trecientos pesos con todo
lo que le pertenese y por el dicho pregonero
fue declarada la dicha postura [...]
trescientos pesos de [oro] [...] por las casas
que quedaron de [...] estando que
[...] pagar y luego rrematar diciendo
de dicho pregonero trescientos pesos dan por
las dichas casas y quien digamos a la
[...] a lados y a lo [...] pues [...]
quien digamos trescientos pesos dan por
las dichas casas y sean de rrematar | page_0027Parescio Rodrigo mendez del castillo
[cerajero] de esta [ciudad] [...] que [...]
puestas las dichas casas en trecientos
pesos de [...] que se abian de pagar
[...] de contado [sabiendose] de [rremate]
ellas y an si de nuevo [...] las dichas
casas en los dichos trecientos pesos con todo
lo que le pertenese y por el dicho pregonero
fue declarada la dicha postura [...]
trescientos pesos de [oro] [...] por las casas
[...] quedaron de [...] estando que |