MARGEN SUPERIOR DERECHO: en tinta 34
e prometido tiene dio consigo por su fiador
[Alonso] Dávila, [vecino] de esta ciudad que [estando] presente,
dijo que aceptaba y aceptó el ser tal fiador
del [dicho] Juan de la Cruz y se obligó que el [susodicho]
en razón de ser tal defensor de la [dicha] menor,
hija del [dicho] Andrés Martín, difunto, guardará
y cumplirá lo que jurado y prometido tiene
en razón de la defensa de los [dichos] sus
bienes de manera que no queden inde-
fensos por defecto, de lo cual él como
su fiador e principal pagador y haciendo,
como para ello hace de deuda ajena
si a propia y [s...e] contra el [dicho] Juan
de la Cruz [ni sus] bienes sea necesario
hacer ni que se haga diligencia ni e san-
ción alguna de fuero ni de [derecho] [...] bene-
ficio [expresamente] al [nuestro] pagará por el [susodicho]
todo aquello que contra él fuere [juzgado]
y [...] por razón [de no?] defender
los [dichos] bienes de la [dicha] menor y dejar
la dicha causa y defensa por su persona
y bienes que para ello obligo y dió po-
der cumplido todas y cualesquier
[justicias] e jueces de su [majestad] de cualesquier [ciudades?]
que sean y en especial a las de esta [dicha]
ciudad para que lo cumplan a el [...]
de lo que [dicho] es, como si fuese [...]