| page_0065MARGEN SUPERIOR DERECHA: a lápiz 168; a tinta 29, 31 [tachado]
noçimiento a tomás nuñes vezino desta çiudad
que juro a dios y a la Crus conoçerla el
cual lo firmo porella por que dijo no
sauia escribir y asimismo lo firmo el
dicho diego de torres que se satisfiso del
conocimiento de la dicha su mujer y a el yo
el scribano lo conosco y tanbien fueron
testigos blas de sosa y lucas martines
vesino desta ciudad diego de torres bela
tomas nuñes ante my Pedro gon
zales de çarate scribano rreal y en tes
timonio deberdad ffise mi signo Pedro gon
zales de çarate scribano Real [TESTADO]
corregido con el original
Joan Franco
scribano publico
En la çiudad de cholula a veynte y nuebe dias del
mes de abril de myll y seisçientos dies y siete
años ante fernando calderon de bargas corregidor desta
dicha çiudad por su magestad y [de...?] y jurado
de su jusgado parecio diego de torres bela vesino la
brador en esta jurisdision que doy ffee que conosco y otorgo
que sustituya y sustituyo el poder que tiene
| page_0065MARGEN SUPERIOR DERECHA: a lápiz 168; a tinta 29, 31 [tachado]
noçimiento a tomás nuñes vezino desta çiudad
que juro a dios y a la Crus conoçerla el
cual lo firmo porella por que dijo no
sauia escribir y asimismo lo firmo el
dicho diego de torres que se satisfiso del
conocimiento de la dicha su mujer y a el yo
el scribano lo conosco y tanbien fueron
testigos blas de sosa y lucas martines
vesino desta ciudad diego de torres bela
tomas nuñes ante my Pedro gon
zales de çarate scribano rreal y en tes
timonio deberdad ffise mi signo Pedro gon
zales de çarate scribano Real [TESTADO]
corregido con el original
Joan Franco
scribano publico
En la çiudad de cholula a veynte y nuebe dias del
mes de abril de myll y seisçientos dies y siete
años ante fernando calderon de bargas corregidor desta
dicha çiudad por su magestad y [de...?] y jurado
de su jusgado parecio diego de torres bela vesino la
brador en esta jurisdision que doy ffee que conosco y otorgo
que sustituya y sustituyo el poder que tiene
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