| frc_vol002_0433_b[Al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[Al margen superior al centro, tachado] 290
Al margen superior al centro, tachado]99
[Al margen superior derecho a lápiz] 432
[Al margen superior al centro] 93
En el nonbre del señor amen sepan
cuantos esta carta vieren como yo Herme Sanchez
vecino de esta ciudad de Cholula hijo legitimo
de Alonso Sanchez y de Ana Ruiz su mujer mis
padres vecinos que ffueron de la ciudad de los Angeles
digo que por quanto al escrivano de dios nuestro señor
y de su bendita madre esta tratado y con
sertado de casarmer y llevarme segun orden
de la santa madre iglesia con Geronima de Chaves
hija de Pedro [Heltres] de Ysabel de Chavez su mujer
vecinos de esta ciudad de Cholula y al tiempo que
se trato se me mando en dote y casamiento
con la susodicha [manchado] ciento y veinte y dos pesos y quatroz tomines en reales
[a la mitad del documento: doscientos y quatro pesos]
y docientos y sesenta y en ajuar que lo montase de el bajo
de la qual promesa a de tener efeto el dicho
parte y de Ysabel de Chavez madre de la dicha
mi esposa me quere DAR Y ENTREGAR LA DICHA
DOTE POR TANTO OTORGO Y CONOZCO POR ESTA
CARTA QUE E ME DE LA DICHA MI ESPOSA RECIBO
POR BIENES SUYOS DOTALES LOS SIGUIENTES
PRIMERAMENTE CIENTO Y VEINTE Y DOS
PESOS Y QUATRO TOMINES EN REALES 122 PESOS 4 TOMINES
Y TAMBIEN UNAS ALMOADAS LABRADAS
DE SEDA COLORADA EN TREYNTA PESOS 30 PESOS
Y TAMBIEN DOS SABANAS DE CREA NUEVAS
EN VEYNTE PESOS 20 PESOS
Y TAMBIEN DOS CAMISAS DE MUJER EN
QUINZE PESOS 15 PESOS
Y TAMBIEN UN MANTO DE LUSTRE EN
VEYNTE Y QUATRO PESOS 24 PESOS | frc_vol002_0433_b[Al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[Al margen superior al centro, tachado] 290
Al margen superior al centro, tachado]99
[Al margen superior derecho a lápiz] 432
[Al margen superior al centro] 93
[v] Enel nonbre del señor a men sepan
cuantos esta carta vieren como yo en [ mes an]
[tes] y esta ciudad de [cholula] hijo legitimo
de alonso Aanchez y de Ana [...] su mujer [mis]
padres [vos] ffueron de la ciudad de los Angeles
[ago] que por quanto al [se...] de diesmo
[...] en esta madre esta tratado y con
[...tal] de casarmer yo [el ...] segun orden
de la santa [madre] [iglesia] [conp...] de paves
[...] de Pedro [setto] [...] de paves su mujer
de esta ciudad de Cholula y al tiempo que
se trato se me mando en [...] casa y en [p]
con la susodicha [manchado] ciento [veinte] y dos pesos y quatro [...] en reales
[a la mitad del documento: doscientos y quatro pesos]
y docientos y sesenta y [En a Juan ] que lo montase del [a jo]
de la qual promesa |