| frc_vol004_0063_affuere del dicho de Valencia Francisco en su merced
mandarla rreparar de todo lo que tu
biere necesidad y por lo que en ello se
gastare nos peuda executar para
cuya liquidacion sea apra prueva de
juramento cuple de la suso dicha o de que
por ella ffuere ante su otorgamento y
averiguacion alguna [línea de cancelación]
[Ytem] es condicion que nos los dichos bendedores
y mios herederoes y sus censores no podamos
vender trocar ni enagenar las dichas casas
a ninguna de las personas en derecho
promovidas si no ffuere a personas alguna
y abonada y en quien el dicho censo este
bien tasado con que antes pr nuestro dicho
tazamos de hazer seamos obligados
nos y de nuestros herederos a cosas en ser
a la suso dicha para que por ella ffuere
para que las que fuere por el tanto
la peuda toamr en la [...]
la dicha venta con cargo del dicho censo del suso
se hubiere sea en ninguna y de ninguna
y effecto como sinos uviera otorgado
yten es condicon que cada y quando en
qualquier poder que nos los bendedores
y nuestros herederos y sus censoreslos cobre
mos pagaremos los dichos trescientos pesos
de plata para el dicho censo con es
[línea de cancelación] | frc_vol004_0063_affuere del dicho de Valencia Francisco en su merced
mandarla rreparar de todo lo que tu
biere necesidad y por lo que en ello se
gastare nos peuda executar para
cuya liquidacion sea apra prueva de
juramento cuple de la suso dicha o de que
por ella ffuere ante su otorgamento y
averiguacion alguna [línea de cancelación]
[Ytem] es condicion que nos los dichos bendedores
y mios herederoes y sus censores no podamos
vender trocar ni enagenar las dichas casas
a ninguna de las personas en derecho
promovidas si no ffuere a personas alguna
y abonada y en quien el dicho censo este
bien tasado con que antes pr nuestro dicho
tazamos de hazer seamos obligados
nos y de nuestros herederos a cosas en ser
a la suso dicha para que por ella ffuere
para que las que fuere por el tanto
la peuda toamr en la [...]
la dicha venta con cargo del dicho censo del suso
se hubiere sea en ninguna y de ninguna
y effecto como sinos uviera otorgado
yten es condicon que cada y quando en
qualquier poder que nos los bendedores
y nuestros herederos y sus censoreslos cobre
mos pagaremos los dichos trescientos pesos
de plata para el dicho censo con es
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