[Al margen superior al centro:] DESCAR [Al margen superior al derecho:] Descargo
[Al margen superior al centro:] GO ESPE
[Al margen superior al centro:] CIAL
1, Y[ten] En el pleyto de [ex on(sobrescrito)] que los acreedores si
guieron contra los bienes de la dicha María de la
Paz que se sustancio con Francisco de Vique
albacea testamentario y como defensor por
el heredero de la suso dicha se pronuncio senten
cia de remate en diez y siete de noviembre del año
pasado de seiscientos y catorze en la qual se manda
pagar a los suso dichos lo que se les devia [línea de cancelación]
Primeramente a la parte de Francisco de Esquivel
vecino de la ciudad de México como a cesonario de
Pedro de la Barrera mil y ciento y sesenta y siete pesos
y siete tomines de resto de scritura de mayor
quantia que se descargan de este cuerpo de bienes [línea de cancelación] 1 V 167 pesos 7 tomines
2. Y[ten] En segundo lugar se mando hazer pago
/20 a Benito [Saus] Bautista y en nombre desta [ppn]
/21 Juan Alonso Moxica Corregidor de la Nueva Veracruz
/22 de trescientos pesos de oro común por escritura a los
/23 quales es bajan del dicho cuerpo de bienes ---------- V 300 pesos
/24
/25 3. En tercero lugar se mandó hacer pago a
/26 [Mateo] Lucas por López Sánchez Avías vecino
/27 de Mexico de dos mil ochocientos y cinquenta pesos
/28 por escritura los quales se bajan del dicho cuerpo
/29 de bienes ---------------------------------------------- 2 V 850 pesos
/30
/31 4. En cuanto lugar se [mando] hacer pago a Francisco
/32 de Esquivel como [acesonario] de Diego de [Ochandiano]
/33 de novecientos cinquenta y ocho pesos tres tomines
/34 por escritura [bajanse] por descargo -----------------------