| frc_vol004_0031_b[crismón gráfico] [tachado] 656 25 [a lápiz] 31
Magdalena María india en el pago de Cuatlanpa y de otor
en el pago de Macuiltepeque que tiene
de largo ducientos brasos y de largo
ciento que lo sube de Pérez Diego indio
como consta de las escripturas que
de la midieron los quales le vendo
por mi propiedad bienes de censo de
y por eso y otra enagenacion especial
ni general que no la tenga a precio
y contra de cien pesos de oro comun que
por compra dellos me a dado e pagado
en rreales de plata y estan en
mi poder rrealmente y con effecto
y en rrazon de la entrega que de
presente mi parte y en la exepcion
dela y numerata precia y a [...] de la
entrega e prueva de la paga como
en ellas se contiene y conffieso que
los pesos de oro es el justo precio y va
lor de las dichas tierras y no mas es el
valor y valen en poca o en
mucha cantidad los ago gracia y do
nacion y para mera por esta y en rrebocacion de
qual derecho y entrebiere su rre
ferido la ley delos demas rreal ffecha
en cortes de Alcalá de Linares
que trata en rrazon de las cosas
que se compran o que venden por mas
o menos de la mitad de el justo precio
y de venta dellas pues que la de agora
en adelante me de su la parte
de derecho e accion propiedad
y señorío que tengo de sus pedazos de
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