frc_vol002_0413_b

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Merced at May 04, 2020 08:41 PM

frc_vol002_0413_b

[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en tinta, tachado]271
[Al margen superior derecho, en tinta, tachado] 21
[Al margen superior derecho, en tinta] 25
[Al margen superior derecho, a lapiz] 412
sepan quantos esta carta vieren como yo
Cristóbal de GarSia, vecino de la Villa de Carrión
[al margen izquierdo brevete: fecho]
y estando en esta ciudad de Cholula otorgo y conozco
por esta carta que me obligo de pagar [roto] a Juan de Medina
o a quien DE poder oviere cien pesos
de oro comun los quales le devo y son por rrazon
de un cavallo alasan que el susodicho rrecibe
comprado enpleo en ochenta pesos de oro comun
y los veinte pesos restantes de una espada de todo lo
qual me doy por entregaDO Y eN RRAZON DE ELLO REFIERO LAS LEYES
DE LA ENTREGA prueva de la paga como en ellas
se conSTE los quales dichos cien pesos del dicho oro
prometo y me obligo de se los dar y pagar en esta dicha
ciudad o en otra parte que se me pidan en rrealeS de
plata y no en otra moneda para ffin deL mes de
mayo del año que veNIa de seiscientos y tres años con
las costas de la cobranza e para el cumplymiento de lo que
dicho es obligo mi persona y bienes y doy poder
a las justicias REALES de qualquier parte sean y es
pecialmente a las de esta ciudad para que me cUmpLan
al cumplimiento de lo que dicho es como por sentencia pasada
en cosa juzgada y renuncio las leyes de mi favor con la
general de derecho en cumplimyento de lo qual otorgue la presente
que es fecha en la ciudad de cholula dos dias del
mes de jullio de myll y seiscientos y dos
años y le otorgue yo el escribano publico doy ffe
que conozco lo ffirmo de su nonvre
dicho Francisco de Valencia y Antonio RoLdan
y Matias de Avila testigos de esta escriptura.

[Al margen inferior al centro] Cristobal de GarSia
[Al margen inferior derecho] ante mi/ Joan Franco/ escribano público [rúbrica]

frc_vol002_0413_b

[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en tinta, tachado]271
[Al margen superior derecho, en tinta, tachado] 21
[Al margen superior derecho, en tinta] 25
[Al margen superior derecho, a lapiz] 412
sepan quantos esta carta vieren como yo
Cristóbal de GarSiaS, vecino de la Villa de Carrión
[al margen izquierdo brevete: fecho]
y estando en esta ciudad de Cholula otorgo y conozco
por esta carta que me obligo de pagar [roto] a Juan
de Medina o a quien DE poder oviere cien pesos
de oro comun los quales le devo y son por rrazon
de un cavallo alasan que el susodicho rrecibe
comprado enpleo en ochenta pesos de oro comun
y los veinte pesos restantes de una espada de todo lo
qual me doy por entregaDO Y eN RRAZON DE ELLO REFIERO LAS LEYES
DE LA ENTREGA prueva de la paga como en ellas
se conSTE los quales dichos cien pesos del dicho oro
prometo y me obligo de se los dar y pagar en esta dicha
ciudad o en otra parte que se me pidan en rrealeS de
plata y no en otra moneda para ffin deL mes de
mayo del año que veNIa de seiscientos y tres años con
las costas de la cobranza e para el cumplymiento de lo que
dicho es obligo mi persona y bienes y doy poder
a las justicias REALES de qualquier parte sean y es
pecialmente a las de esta ciudad para que me cUmpLan
al cumplimiento de lo que dicho es como por sentencia pasada
en cosa juzgada y renuncio las leyes de mi favor con la
general de derecho en cumplimyento de lo qual otorgue la presente
que es fecha en la ciudad de cholula dos dias del
mes de jullio de myll y seiscientos y dos
años y le otorgue yo el escribano publico doy ffe
que conozco lo ffirmo de su nonvre
dicho Francisco de Valencia y Antonio RoLdan
y Matias de Avila testigos de esta escriptura.

[Al margen inferior al centro] Crisptóbal de/ Garfias
[Al margen inferior derecho] ante mi/ joan Franco/ escribano público [rúbrica]