| frc_vol002_0489_b[ Al margen superior al centro: crismon grafico ]
[ Al margen superior derecho, en lapiz ]
Familia de So Lula en diez y ocho dias del mes
de junio año de mil y seiscientos y dos don Juan de la abe
dragas monecarron en ella pir su mayo aviendo visto la
delincuencia inventario se hizo por Pedeo Megia a las
[] virtud de la comisión que para ello le fue dada
de los bienes que quedaron por mi fallecimiento de
Juan de acerga vecino que fue de esga ciudad laber los deja
do en almacenados las casas de dicho difinto
debajo de candados por defecto de no haber tallado
despositario que de ellas se hiciera cargo, hicieron
todos y como tal se requierre que la custodia
nesesaria para queno [ ... ] incobienre
por tanto pro viendo de surremedio y de
lo demas nesesario
perssona querida ladsacasa junta con Luis de
Guzman [ ... ] quien nonbra porguarda rengan
[ ... ] especial quenta cuidado de manera
que los dichos bienes | frc_vol002_0489_b487 [ linea superior derecha ]
crismón
1 Familia de So Lula en [] dias del mes
2 de junio año de mil y seiscientos y dos don Juan de la abe
3 dragas monecarron en ella pir su mayo aviendo visto la
4 delincuencia inventario se hizo por Pedeo Megia a las
5 [] virtud de la comisión que para ello le fue dada
6 de los bienes que quedaron por mi fallecimiento de
7 Juan de acerga vecino que fue de esga ciudad laber los deja
8 do en almacenados las casas de dicho difinto
9 debajo de candados por defecto de no haber tallado
10 despositario que de ellas se hiciera cargo, hicieron
11 todos y como tal se requierre que la custodia |