| frc_vol002_0362_b360[tachado] 361[lapiz] 32 [margen superior derecho]
sepan cuantos estas carta viere como yo
diego martinez lanbero y juan dominguez vesinos de esta ciudad
de cholula ambos a dos juntamento de
mancomunes y a[] de uno y cada uno den los
pasa e portodo [] las leyes
de la mancomunidad division y es []
como en ellas contiene otorgamos
y condice me por esta carta que le []
y nos obligamos de pagar a felipe de
cerrena vesino de la ciudad de los angeles que esta
presente va quien su poder oviere
[]entos y noventa y siete pesos de oro
como los cuales le devemos su perdon
de cuarenta arrobas de vino y otras
memidencias que so su dicho renta en
una tiendaque no conto la dicha cantidad
y esta en no poder []
y en razon de la entrega deñ dicho precio
me [paresco] [] las pencion de la
[]leyes de la
entrega prueva de la paga como
en ellas se contiene los cuales dichos
dosientos y noventea pesos y siete de
del dicho oro prometo me nos obligo
de se los dan y pagar en esta dicha ciudad
o en otra cualquier [] que nos fueren
pedidos y demandados en reales
de plata y no en otra moneda
para de en dia de la fecha esta carta
en tres mese cumplidosprimeros
j[] con las cartas de la cobranza
y para el cimplimiento de lo dicho es obligo | frc_vol002_0362_b |