| 103al guarda mayor ser o ilegible al escribano Real de diligencias y rondas 300 a Merino y portero de la aduana 400 a los 8 lanceros 768 alos rondas de acaballo ilegible a los guardas de aquí ilegible dada en México a 11 de febrero de 1767 Don Joseph de Gálvez y para que todo lo prevenido en la instrucción antecedente y tenga puntual observancia y cumplimiento prevengo IV ordenó al Señor gobernador al administrador general contador tesorero y a los demás empleados y dependientes a las justicias de la ciudad de Veracruz y fuera de ella a los escribanos públicos y orales y demás personas a quienes corresponda la guarden cumplan y hagan guardar y cumplir cumplir en la parte que a cada uno toque sin ir contra su tenor por causa ni motivo alguno y de en administrador receptores comandante del resguardo guarda mayor y demás
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