| page_0005porque no ha avido hombre que dexesse, mi affirmasselo contrario y para pro
uar esto, assi el d[ic]ho Rev[erendisimo] de chiapa scriuio reposta con hibiones, como
consta en su libro, y tratado ordenadas todas aeste solo puerto para
certificarlo, y comprobarlo por manera que a esta conclusion affir
mativa no ay duda alguna, ni ay necessidad, que al presente declare
mos de donde nascio y procedio este titulo y senorio. que los reyes
de castilla tienen sobre esta ti[er]ra por no defenernos En lo que no ha
ze a mio proposito basta presuponerlo por cosa cierta, y notoria donde ese
sigue, que el mayor yerro que se ha hecho En esta nueva hespaña por
ygnorancia de algunos ministros religiosos el auer d[ic]ho a los naturales
que toda la ti[er]ra es suya, y que El Rey n[uest]ro Senor no tiene derecho alguno
a ella, y que el tributo que dan a su mag[estad]. es por sola la administració[n]
de la justicia, y de la doctrina, y no porque tenga sobre ellos señorio al
guno. Ha sido tan grande este yerro, que hasido causa de mucha
turbacion En toda esta ti[er]ra, para ser, que los d[ic]hos religiosos ayan
tenido buen zelo, aunque non secundum scientiam, pues esto es falso.
y sin ningun fundam[en]to. y dello nunca ha avido dubda.
[item] La tercera questiones si es cosa conuiniente al gouierno desta ti[er]ra q[ue]
su mag[esta]d. desen encomienda, y vasallaje los yndios de la ti[er]ra a los Espano
les conquistadores della, En premio, yga las donde lo mucho que traba
xaron, y padecieron en la conquista della para reducirla al servi[ci]o de
su mag[esta]d. La qual question tiene dos partes, y la prim[er]a. es si su mag[esta]d lo
pudo licita, y santam[en]te hazer. a la question respondo affirmati
vam[en]te. y de ello no ay duda ninguna por esta razon. Claro esta que
El que es senor de una cosa, tiene dominio sobre ellos, que la que
de transferir y passar a otro ni mas, ni menos, que el la tiene y
posee dela manera, y forma que en derecho se permitte, y paraello
da lugar, y es assi que los Reyes de castilas tienen titulo y senorio
universal e juridiccion de todas las yndias por la auttoridad, con ras
szon, y donacion de la S[an]ta. Sede Appostolica, y ansi por authoridad di
vina a quien todos los Reyes y senores naturales ciudades commu
nidades, pueblos de las d[ic]has yndias son obligados a Reconoccer
por universales y soberanos senores. siguese claram[en]te, que ya | page_0005porque no ha avido hombre que descesse, mi affirmasselo contrario y para [?]
[?], assi el [?] [?] de chiapa servico reposta con hibisiones, como
consta en su libro, y [?] ordenadas todas aeste solo [?] para
certificarlo, y ccomprobarlo por manera que desta [?] affir
mativa no ay duda alguna, ni ay necessidad, que al presente declare
mos dedonde nabcio y procedio este titulo y senorio. Enlo que no ha
[?] proposito basta presuponerlo por cosa cierta, y notoria donde ese
sigue, queel mayor y erro que se ha hecho Enes ta nueva [?] por
[ygnoxana] a dealgunos ministros religiosos el acuerdo hi alos naturales
que toda la [tierra] es suya, y que El Rey [?] Senor no tiene derecho alguno
aesta, y queel tributo que dan a su maj[estad]. es por sola la administrar
de la justicia, y de la doctrina, y no porque tenga sobreello a [?]
[juro]. Ha sido tan grande este yerro, que hasido causa de mucha
turbacion En [?], para ser, que los d[ic]hos religiosos ayan
tenido buen zelo, auqneu non secundum scientiam, pues esto es falso.
y sin [?] fundam[en]to. y dello nunca ha avido dubda.
[?] La tendra questiones si es cosa conviniente al [?] no desta tiera q[ue]
su mag[estad]. les encomienda, y vasallaje los yndios de la tiera a los Espano
les conquistadores della, Enpremio, yo a las donde lo mucho que traba
xaron, y padecieron en la conquista della para reducirla asservi de
su mag[estad]. La qual question tiene dos partes, y la prim[er]a. es si su mag[estad] lo
pudo [?], ysanta m[ad]re hazer. alaquestion respondo daffirmati
vam[en]te. y de ello no ay duda ninguna porestarazon. Claro esta que
El que es senor de una cosa, tiene dominiio sobre ellos, que la que
de transferir y passar a otro ni mas, ni menos, quellatiene y
posee dela manera, y forma que en derecho se permitte, y paraello
da lugar, y es assi que los Reyes de castilas tienen titulo y senorio
universal e juridiccion detodas las yndias por la auttoridad, con ras
ssion, y donacion delas S[anta]. Sede Appostolica, y a noi por autoridad di
vina a quien todos los Reyes y senores naturales [?] commu
nidades, pueblos de las altas yndias son obligados a Reconoccer
por universales y soberanos senores.siguese claram[en]te, queya |