| page_0003prim[er]a y principal que en principio y fundamento de todo quanto en este [nuevo] mundo
se deve hazer y seguir como cosa conveniente a su buena administración y
govierno de saber y inquirir si n[uest]ro Christianissmo Rey y emperador
deste amplissimo Reyno que llaman nueva Espanna pudo licita y justam[en]te
conquistarla y darle guerra a la respondo sin alfercaciones de
argums[en]to a una parte y a otra affirmativam[en]te diziendo que si, no obstante
que el Rev[erendissi]mo obispo de chiapa a la tal guerra tiene puesto renombre
de tiranica, creo, que Su S[ant]a deve de condemnar el modo que se tuvo en
ella del qual yo no se nada sino la justicia y derecho que su mag[esta]d tiene para
ello resta que provemos n[uest]ra conclusión de cada de muchas Razones y
nuy buenas que acerca deste punto muchas personas doctas han eri?
yto solam[ent]e traere yo una que me conuence mi entendim[ien]to sin hacer
mencion de las otras por evitar publicidad.
[item] la prim[er]a cos[a] justissimam[en]te podemos dar guerraa aquellos que no quice
rem passificam[en]te Recibir la doctrina de Jh[e]s[us] Chri[st]o como el lo dexo en
cargado por s[an] marcos en el cap[itulo] ultimo predicate en angelum omni
creatura. La razon sera esta qualquiera puede ser compellido a aque
llo que esta por ley divina obligado a guardar y es assi que todos los
naeados estan por ley divina obligados a Recebir n[uest]ra S[ant]a Ley y
guardarla. Luego podemos compeller a qualquier penero de ynfieles
con guerra si pacifica[ment]e no quisieren a la predicación de la fee de Jh[e]s[us] Chri[st]o
y guarda de sus diuinos mandami[en]tos prueuo la menor. Que todos los
hombres nascidos donde se incluye todo genero de ynfieles estan por
ley divina obligados a Recebir y guardar n[uest]ra S[ant]a fee desta manera
qualquiera cosa que Jh[e]s[us] Chri[st]o nos mando que predicassemos y enseñas
semos a todos los hombres obliga a todos a guardar aquello so pena de
pecado mortal digo qualquiera cosa que es de precepto porque la dicha
que sunt de consilio no obligan so pena de pecado moral y precepto q[ue]
obligan a todos por que de otra manera fuera frustratorio y de ningun
valor el precepto de Jh[e]s[us] Chri[st]o que nos manda que en si mismos a toda
criatura porque si la criatura no esta obligada a la guarda de la do
ctrina de Jh[esu]s superflua cosa es mandarme el que le enseñe siendo y
es cosa cierta que no se pudo introduzir la fee de Jh[e]s[us] Xp[st]o en este nuevo
mundo si no se con mano armada y con guerra como me consta por | page_0003prim[er]a y principal que en principio y fundamento de todo quanto en este [nuevo] mundo
se deve hazer y seguir como cosa conveniente a su buena administración y
govierno de saber y inquirir si n[uest]ro Christianissmo Rey y emperador
deste amplissimo Reyno que llaman nueva Espanna pudo licita y justam[en]te
conquistarla y darle guerra a la respondo sin alfercaciones de
argums[en]to a una parte y a otra affirmativam[en]te diziendo que si, no obstante
que el Rev[erendissi]mo obispo de chiapa a la tal guerra tiene puesto renombre
de tiranica, creo, que Su S[ant]a deve de condemnar el modo que se tuvo en
ella del qual yo no se nada sino la justicia y derecho que su mag[esta]d tiene para
ello resta que provemos n[uest]ra conclusión de cada de muchas Razones y
nuy buenas que acerca deste punto muchas personas doctas han eri?
yto solam[ent]e traere yo una que me conuence mi entendim[ien]to sin hacer
mencion de las otras por evitar publicidad.
[item] la prim[er]a cos[a] justissimam[en]te podemos dar guerraa aquellos que no quice
rem passificam[en]te Recibir la doctrina de Jh[e]s[us] Chri[st]o como el lo dexo en
cargado por s[an] marcos en el cap[itulo] ultimo predicate en angelum omni
creatura. La razon sera esta qualquiera puede ser compellido a aque
llo que esta por ley divina obligado a guardar y es assi que todos los
naeados estan por ley divina obligados a Recebir n[uest]ra S[ant]a Ley y
guardarla. Luego podemos compeller a qualquier penero de ynfieles
con guerra si pacifica[ment]e no quisieren a la predicación de la fee de Jh[e]s[us] Chri[st]o
y guarda de sus diuinos mandami[en]tos prueuo la menor. Que todos los
hombres nascidos donde se incluye todo genero de ynfieles estan por
ley divina obligados a Recebir y guardar n[uest]ra S[ant]a fee desta manera
qualquiera cosa que Jh[e]s[us] Chri[st]o nos mando que predicassemos y enseñas
semos a todos los hombres obliga a todos a guardar aquello so pena de
pecado mortal digo qualquiera cosa que es de precepto porque la dicha
que sunt de consilio no obligan so pena de pecado moral y precepto q[ue]
obligan a todos por que de otra manera fuera frustratorio y de ningun
valor el precepto de Jh[e]s[us] Chri[st]o que nos manda que en si mismos a toda
criatura porque si la criatura no esta obligada a la guarda de la do
ctrina de Jh[esu]s superflua cosa es mandarme el que le enseñe siendo y
es cosa cierta que no se pudo introduzir la fee de Jh[e]s[us] Xp[st]o en este nuevo
mundo si no se con mano armada y con guerra como me consta por |