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Donde se ve la laboriosidad que hay en la traducción del P.e en dicha misma autoridad. Respondiendo pues a la autoridad del comentador que aquí trae el P.e, que parece hace algo en su favor, digo que en ella no es posible que el recibir fo se entienda que haciendo las ofertas munve secúndumque regulas consequor, nel animal offerendum adeptus est secundum rei exigentiam. Porque las palabras formales del comentador son toe señe i e ll Ccon Nu chi xev fo, conseguir y alcanzar (que eso significa la letra hoe), que el animal que se ofrece sea con las ceremonias debidas. Por eso que la letra Riesigs significa —por tanto, por eso—, que haciendo las ofertas chy se reciben bienes o fo. Aquí hay dos proposiciones: la primera se rige del verbo hoe, conseguir y alcanzar, y la segunda del verbo xe, que significa recibir. Pues si la causa de recibir fo es que el animal se ofrezca secundum rei exigentiam, y con las ceremonias debidas, como ha de ser, lo que se recibe es ese mismo animal, pues él es la causa de que se reciba el fo, de suerte que ha de ser la disposición para recibir lo mismo que se recibe, y con que forzosamente se ha de decir que el fo que se recibía es otra cosa distinta que el animal ofrecido secundum rei exigentiam.
Y si lo que quiere decir el comentador en esta autoridad es: que así como en la milicia hay sus reglas, y el que obrase según ellas alcanza victoria, así en la oferta chy hay sus ceremonias y el que obrase según ellas recibe uno de dichas.
Citando esto en otra autoridad de los libros y reglas, que yo dejo dicha en el núm. Lo. del art. 1 del cap. 2, que dice: si lo que se ofrece en la oferta chos no lo ofrece quien debe, ni lo que se debe, esta oferta se llama mala, y en ella no se recibe fo. Léanse pues dichas autoridades con cuidado y severa atención, como yo aquí no comento lo que se propuso al principio, sino explico sus palabras sin hacerles fuerza a la significación que ellas tienen y les dan sus comentadores, lo sigue el G.e en el núm. 65: cum permatur idem ex alio loco exisse de m. libr. ley apud ubi dicitur: quando loco al terris munera offeruntur, dapesque oblatae fuerunt quia ordinato sive compositae fuerunt secundum exigentiam rerum, vocantur fo, y de ahí se trata por acto, y las otras que se distribuyen a parientes, el que lo inquiere, sive familiaribus et amicis, distributio ea dicitur chos fo (schus, de distribuere, enim significatur). Quis vero qui per semet munera offert dapes, quae oblatae fuerunt, non vocatur (o sed verum) al que a después que distribuyuntur parientibus, que lo inquiere Sami ses duisno illa vocatur.
Dicho bien idol bibli Saporis dapes, et ratio est: quia quod loco alterius offeruntur munera, nulla praetermittitur rituum de regula. Propterea dapes illae vocantur fo id est per ritum peractae; et quia non solemnitate peragitur functio illa, quae vero qui per se mittit munera offert, tunc non intercedit solemnitas, nec ceremoniae cum rigore observantur, ut nulla praetermitti possit. Propterea dapes illas fo cum modo dicuntur boni saporis dapes. Utpote diligenti textum sinicum patere potest, unde concludimus literam hanc fo in istis ceremoniis nequaquam significare fortunam bonam. (Esto último es la conclusión del De, que la declara muy difícil y casi imposible de probarla, pues se ha de verificar que en todas las autoridades que traen los libros sinicos de las ofertas de los progenitores difuntos, donde se hallare la letra fo, no significa dicha sino munus offerendum esse rite paratum, lo cual no probará ninguno).
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