page_0022

OverviewTranscribeVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Needs Review

esta capital y a los recaudadores de Ave-
nia de Varacruz, Xalapa, Acapulco, y San
Blas, para que desde luego se principie la exac-
ción de nuevo cinco al millar; entendiéndose
que los oficios que se librasen a los Comissarios
de Averia, han de contener expresión de las re-
glas económicas con que debe manefarse entre nue-
vo gravamen a saber que los Recaudadores
no han de llebar premio alguno de lo que colecta-
ren, y han de remitir las certificaciones que se
acordaron en los años ochenta y dos y noven-
ta y tres, para que sirvan de regla a fin de que
este Tribunal pueda dar las ordenes correspon
dientes, para que cese la cobranza de este nuevo
gravamen, luego que se cubran los fines para
que se han impuesto. Y respecto a que Don Ysidro
Antonio de Ycarza, no solo ha desempeñado y
desempeña actualmente con exactitud legali
dad y buena cuenta y razon, el cargo de teso
rero del quarto al millar del año de ochenta y
dos y del cinco agregado en el proximo anterior

Notes and Questions

Nobody has written a note for this page yet

Please sign in to write a note for this page