Provisión a favor de los indios para que no sean compelidos a trabajar en las minas si les quitan sus tierras

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licenciado Juan zesati licenciado Juan de Bolívar ilegible chanciller Juan de Aguilar Juan de ilegible Los Originales están en el archivo de nope real provisión de ruego y encargo para que el reverendo obispo de la Vizcaya la guarde cumpla y ejecute y el auto y Reales cédulas en ella insertos y así mismo sus visitadores vicarios y demás personas que enviaré a visitar las misiones y provincias que en ella van declaradas a pedimiento del reverendo padre Daniel Angel Omar las visitados de las misiones de la compañía de Jesús en las provincias de Sinaloa y Sonora

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río cuarto un cuartillo años de 1000 y 600 y 68 y 69 Don Carlos por la gracia de Dios rey de Castilla de león de Aragón de las dos sicilias Jerusalén de Portugal de Havana de granada de Toledo navarra de granada de Toledo de valencia de Galicia de mallorca de Sevilla de cadena de Córdoba de riega de murcia de Jaén de los algarbes de algeria de Gibraltar de las islas de canaria de las indias orientales y occidentales Islas y Tierra Firme del mar océano archiduque de Austria Duque de borgoña de bramante y Milán Conde de El Pato de flandes tirol y Barcelona Barcelona señor de Vizcaya y de Molina etcétera y la reina Doña María de Austria su madre como su autora curadora y gobernadora de sus reinos Y señoríos reverendo padre en Cristo doctor Don Juan de gorospe y Aguirre de mí consejo del reino de la nueva Vizcaya y a vosotros visitadores vicarios y demás personas que enviar en a visitar las provincias del dicho mi reino ante quien está mi carta fuere presentada y de ella pedida su ejecución y cumplimiento saber que ante mí presidente y oidores de la audiencia corte y chancillería real que reside en la ciudad de Guadalajara del nuevo reino de la Galicia y se presentó la petición que se sigue petición muy refrendo señores Juan de Zúñiga en nombre y con poder que tengo presentado del reverendo padre Daniel Ángel Marla visitador de las misiones de la compañía de Jesús en las provincias de Sinaloa y Sonora digo que pedimento de mi parte fue servido vuestra alteza de despachar su Leal carta para que el reverendo obispo de la nueva Vizcaya no envía visitadores a las misiones y doctrinas que están a cargo de dicha compañía de Jesús sino que las visite por su misma persona cumpliendo las reales cédulas que así lo disponen Y qué insertaron en dicha real carta y porque está habla solamente con dicho reverendo Obispo el cual se halla distante de Sinaloa siento y 50 leguas del sonora más de 200 y 50 con que no es fácil hacer hacerse la notoria en su persona, y porque se entiende trata

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denuevo enviar otra vez visitadores a dichas misiones y doctrinas de que se temen los inconvenientes que tengo representados y su ilegible en sus reales cédulas tiene prevenidos para que estar estás tengan efecto y la disposición de vuestra alteza su debido cumplimiento se ha de servir vuestra alteza demandar mandar Se despache nueva carta que hable no solamente con el reverendo obispo sino con los visitadores que enviaré enviaré con sus vicarios oficiales y jueces comisarios comisarios Asimismo o a las justicias leales para que todos por la parte que les tocan cumplan lo dispuesto por las reales cédulas a vuestra alteza suplico así lo provea y mande en que recibirán Merced con justicia que pido y juro en forma y en lo necesario etcétera Juan de Zúñiga y con su visita a los dichos mis presidente y oidores mandaron se llevase a él ilegible Don Jerónimo de lyna de mi consejo mi oidor fiscal en la dicha y adiencia con la dicha y real provisión que refería y habiéndose llevado respondió que siendo yo servido mandará que la dicha mi Leal provisión no sólo se entendiese con vos dicho reverendo Obispo sino con vuestros visitadores vicarios y personas que viniesen a visitar dicha provincia y Para ello se les diese nueva provisión mía como lo pedí a esta parte con inscripción de las dichas mi reales cédulas que pedía justicia y con su visita que pidieron los autos y así y habiendo hecho relación de ellos dichos mis presidente y oidores lo vieron unos señaló con las rúbricas de sus firmas que su tenor en las dichas reales cédulas mandadas insertar uno en de otro a la letra es como se sigue en la ciudad de Guadalajara a 17 días del mes de septiembre de 1600 y 70 años los señores presidente y oidores de la Real audiencia del nuevo reino de la Galicia habiendo visto visto los autos y pedimento por parte del reverendo padre Daniel Ángel o mares maras visitador de las misiones de la compañía de Jesús de Sinaloa y Sonora acerca de que se le mandé despachar nueva carta para que el reverendo obispo de la nueva Vizcaya no envía visitadores jueces comisarios a dichas misiones sino que dicho reverendo obi o Bahía en persona a hacer la dicha visita sino sin los cometer a otra Como se manda por reales cédulas que hablan en esta razón y real provisión que despachó por esta real audiencia El de mismo y encargó para dicho reverendo obispo y que hable con los visitadores que enviaré con sus vicarios y oficiales

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y jueces comisarios y así mismo con las justicias reales y lo dicho por el señor fiscal a quien se dio vista de todo con la nuevamente pedida por parte del dicho padre Daniel Angelo mandaron que se despache real provisión de ruego y encargo para que el reverendo obispo de la Vizcaya salga con persona a visitar las provincias de Sinaloa y Sonora como por la real provisión se le encargó Y ésta No sólo se entienda con lo dicho reverendo Obispo sino con sus visitadores vicarios y demás personas que enviaré a visitar dichas misiones A las dichas provincias y se inserten en ellas las reales cédulas que hablan en esta razón así lo proveyeron proveyeron y rubricaron atemi Diego de la carreta el rey mi rey y oidores de la mía ciencia real que Residen en la audiencia de los reyes de las provincias del Perú es sido informado que aunque está ordenado y mandado que no salgan a hacer visita a los qué vendados de las iglesias de las indias las hacen hacer es muy al ordinario y que resulta de ello muy grandes inconvenientes porque demás de hervirse sus iglesias el prelado da las dichas visitas a los prebendados que acuden a su gusto y voto en el Cabildo sin buscarle más méritos y los sede vacante conciertan los dichos prebendados y que resiste las cosas injustas que Proponen le dan una visita y enciendo prebendado el visitador de ordinario no sé the Head en defender los clérigos indios y así sólo tratan de su aprovechamiento y el de quererse como lo hacen acostados los créditos clérigos indios sobre quién cargo todo y por el decoro que se debe a la dignidad no se declaran muchas cosas contra ellos y porqué de la manera de visitas de visitas que se han introducido resultan muy grandes inconvenientes esto con más daño En tiempo de las vacantes porque entonces se hace negociación para que salgan a visitar las personas que Residen en los cabildos de las iglesias debiéndose esto resistir Porque siendo prebendado el visitador procede con mas Independencia y superioridad que sean & agraviados los indios ni satisfecho y satisfechos los clérigos y faltan al esplendor que se debe tener a la iglesia Iglesias catedrales y que esto mismo sucede y se debe acusar no estando vacantes las iglesias y para que se escurren los dichos daños por cédula cédula mía envío a mandar a los prelados de

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