frc_vol011_01_01

ReadAboutContentsHelp

Pages

page_0016
Incomplete

page_0016

De ella sortean Andres hidalgo vezino desta çiudad que me çediesse y si el pa gasse un censso que tenía de los dichos setezientos y quince pesos de prinçi pal contra geronimo Riquerio y doña Antonia de arce su mujer que le tie nen ynpuesto y cargado sobre cassas ssuyas en la çiudad de los Angeles y otras en la villa de carrion sse gun que mas largamente consta de la escriptura de çensso que otor garon ante hernán ssanches ga llardo escrivano publico que fue de la çiudad de los Angeles a los veynte y vn dias del mes de junio de mill y sseys çientos y Doze Años a que me rre fiero. el qual dicho Andres hidalgo me hiso trespasso del dicho censso ante yo el presente escriuano publico su feecha en nueve de agosto del año passado de mill y sseysçientos y veynte y vno a que me rrefiero y para que la dicha capellania le contiene el y el cape llan para ella nombrado goze de la rrenta y el sufraxio de las missas se digan declaro que el dicho çensso se hisso çitado es y perteneçe a la dicha capellania para que con los mismos setezientos y quinze pesos que se rredimieron compre del dicho [linea de cancelación]

This page is incompleteEdit this page
Last edit about 2 years ago by GOGL570322
page_0017
Incomplete

page_0017

çensso y asi si Algun derecho tengo adquirido en virtud de el dicho respaldo que me hizo el dicho Andres hidalgo esse çedo rrento y traspasso en la dicha capellania para que sea de ella y de dicho capellan que la [...] [...] de la rrenta y el traspasso y del la acienda pago a los requi ridos de dichos necessarios y a su cum plimiento de lo que dicho es obligo mi perssona y bienes avidos y por aver y dicho poder cumplido a todas y quales quiera justiçias de su magestad de qualles quier partes que sean para que le cumpelan de cumplimiento de lo que dicho el amo dijesse por senten cia difiniera de juez competente contra mi dada y passada en cossa juzgada y rrenuncio las demas cuales que sean en su fabor en la general de el derecho quee ffecha la carta en la cuidad de cholula en catorse dias del mes de henero de mill y sseyssçientos y veyn te y dos años y otorgante que yo el escrivano publico doy ffee que conozco lo firmo de su mano siendo testigos juan bernal y pedro martin y pedro hernandes martines vesinos de esa ciudad nicolas de villanueva [rúbrica] ante mi Joan franco [rúbrica] [...] escrivano publico

This page is incompleteEdit this page
Last edit about 2 years ago by GOGL570322
page_0018
Blank Page

page_0018

This page is blank

Last edit almost 3 years ago by Vania26
page_0019
Incomplete

page_0019

En el nombre de Dios Amen Sepan quantos esta carta vieren como yo Pedro de Carpio vesino De esta çiudad de cholula Hijo ligi timo de Francisco lopes del carpio y de leonor ordoñez su muger Difuntos naturales de Jaen en los rreynos de Castilla de donde yo soy natural estando como estoy en fermo de cuerpo y ssano de la voluntad y en mo juysio y entendimyento tal qual Dios A sido servido de me dar y creyendo como verdaderamente creo en el misterio de la ssantisima trinidad padre y hijo y espiritu ssanto tres perssonas y un solo dios verdadero y en todo aquello que tiene crehe y confiessa la ssanta madre yglessia catolica Romana debajo de cuya crehençia protesto bi vir y morir y tomando como tomo por mi Abogada a la gloriossa virgen maria señora nuestra para que con su fabor y ayuda y el de los ssanctos del çielo Rueguen a Dios por mi a nima quando de esta vida vaya temi endome de la muerte que es cossa natu ral hago y ordeno mi testamento en la manera siguiente [línea de cancelación] Primeramente encomiento mi a noma a Dios nuestro señor que la crio y rre dimio con su preçiossa ssangre muerte y pasion y el cuerpo a la tierra de do fue

This page is incompleteEdit this page
Last edit almost 3 years ago by GOGL570322
page_0020
Incomplete

page_0020

formado e quiero que si dios fuere servido de llebarme de esta presente enfermedad sea enterrado en el convento del señor ssan francisco de ssan gabriel de esta çiudad a donde al presente guardian le paresçiere y se pa gue la limosna de mis bienes. Yten mando que el dia de mi entierro siendo ora para ello se me diga vna missa cantada de cuerpo presente y si no otro dia siguiente [línea de cancelación] Yten mando mi cuerpo sea sepultado con el abito del señor ssan francisco que para ello desde luego pido y demando Yten mando se digan Por mi Anima cien missas Reçadas por mi Anima en la parte y lugar que a mis alba ceas paresçiere y se paguen la limosna de mis bienes [línea de cancelación] Yten mando se digan veynte y çinco missas Reçadas por las Animas de mis padres y se pague la limosna de mis bienes [línea de cancelación] Yten mando se digan otras Veynte cinco missas Reçadas por ñas Ani mas de mis aguelos y parientes y se pague la limosna de mis bienes Yten mando se digan otras Veynte y cin co missas Reçadas por la Animaas de purgatorio y que mas tieempo

This page is incompleteEdit this page
Last edit almost 3 years ago by GOGL570322
Displaying pages 16 - 20 of 62 in total