| page_0042Sepan quantos esta carta vieren como
yo juan Diaz de Jibraltar vezino que soy
de esta ciudad de Cholula de esta nueva españa
digo que yo tengo por mi esclavo cautivo Francisco
de color mulato menbrillo cojo de hedad de siete
años que nacio en mi casa y es hijo de Antonia negra mi esclava
a el qual e criado y voy a ciar ando y le tengo mucho amor y volun
tad y quiero que sea libre y horro y no sujeto a cautive
rio ni servidumbre alguna por tanto e qualquier
mejor via y forma que de derecho ay lengar cargo y
cobranzas que ahorro y liberto a el dicho Francisco mulato de la
sujecion y cautiverio en que a estado y esta y
le doy poder para estar y para exibir juizio
y hacer contratos y quasi contratos y sin testa
mentos y codicilios y mandar sus bienes a quien
quisiere por que yo le rremito y suelto el derecho
de patronazgo y o trava con el rreal es y per
sonales y titulo que tengo contra el y contra
sus hijos y bienes la qual dicha libertad quiero que
aya y tengan despues de los dias de mi vida por que
hasta que yo muera me a de servir y desde agora para
despues de los dias de mi vida me desisto y aparto
del derecho y aucion que tengo y me pertenece avidos
el dicho Francisco mi esclavo y a vuestros hijos y desendientes
y a qualesquier bienes que tuvieredes y por quanto
es mi voluntad y quiero que despues de mys dias
quedeys libre y horro me obligo que esta liber
tad no ho serra ynquietada y oss acarreyrre ser
var la paz y a salvo yndeme de qualquiera
pleytos o diferencias que hos fuere movido o se
hos quisieremos ver por manera que conssigays
la dicha libertad pasificamente la qual me obligo que
no rrevocar ni contradiere por mi testamento ni codi
silio ni en otra manera por que como dicho es es mi vo
luntad que sea y es libre y horrodes pues de los dias
de mi vida y si contra esta el ari otra de libertad
pareciere otra hecha en contrario desde agora la rrevoco
y doy por muy sima y quiero que no valga y que esta tenga | page_0042Sepan quantos esta carta vieren como
yo juan Diaz de Jibraltar vezino que soy
de esta ciudad de Cholula de esta nueva españa
digo que yo tengo por mi esclavo cautivo Francisco
de color mulato menbrillo cojo de hedad de siete
años que nacio en mi casa y es hijo de Antonia negra mi esclava
a el qual e criado y voy a ciar ando y le tengo mucho amor y volun
tad y quiero que sea libre y horro y no sujeto a cautive
rio ni servidumbre alguna por tanto e qualquier
mejor via y forma que de derecho ay lengar cargo y
cobranzas que ahorro y liberto a el dicho Francisco mulato de la
sujecion y cautiverio en que a estado y esta y
le doy poder para estar y para exibir juizio
y hacer contratos y quasi contratos y sin testa
mentos y codicilios y mandar sus bienes a quien
quisiere por que yo le rremito y suelto el derecho
de patronazgo y o trava con el rreal es y per
sonales y titulo que tengo contra el y contra
sus hijos y bienes la qual dicha libertad quiero que
aya y tengan despues de los dias de mi vida por que
hasta que yo muera me a de servir y desde agora para
despues de los dias de mi vida me desisto y aparto
del derecho y
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