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crismon
Y Maria su mujer y tiene noticia del pedaço
de tierra an tenido en la dicha peticion es erencia
de que eran de si pase y abuelo de la dicha Ma
ria yndia la qual lo eredo de los susodichos
y como tierras de la dicha Maria avisa que las
an tenido y poseydo la susodicha y el dicho su marido
y sabe este testigo que no la labran ni cultivan
por tener como tienen otras tierras y cassas
en que labrar y cultivar y sabe que le sera
util y provechosso vender el dicho pedaço de
tierra por lo tener de eria y no labrarlo
porque con el dienro que por se diere se po
dran finazear y questo que tiene dicho es la
verdadpara el juramento que tiene hecho en que
se rratifico y no firmo por no saber que no
es tocan las justicias y dixo ser de treynta y ocho años
poco mas o menos
Francisco Verdugo Martin De Albear
ante mi Hernando de Leon
escribano publico
Testigo este dicho dia presentaron por testigo a Miguel de Toquia
yndio natural desta civdad de la cabecera de
Sant Andres del barrio de [Juan] del qual
mediante el dicho ynterprete se rindio y juro en forma
de derecho y el lo hizo por dios e por la cruz e prometio
desir verdad y siendo preguntado por el pedimento
dixo que conoce a los dichos Juan Sarmiento y Maria
Tectlina yndios y tiene noticia del pedaço d etierra
por que se la avisa por tener y poseher el qual sabe
este testifo fue de Pedro yndio padres de la dicha
Maria de quien la dicha Maria heredo y sabe
que el dicho pedaço de tierras esta de eria porque
no se labra ni cultiva por tener como tienen
otras muchos pedaços de tierra en que labran
y tienen casas y nopales y que le sera util y pro

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