frc_vol004_0174_b

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Merced at May 29, 2020 12:37 AM

frc_vol004_0174_b

[Al margen superior izquierdo, tinta] 1605
[Al margen superior derecho tinta] 1
[Al margen superior derecho, en lápiz] 174
[Al margen] Poder de Maria de la Paz Alonso Galgos
Sepan quanto esta carta vieren [roto]
ria de la Paz obraxera vecina desta ciu[dad]
otorgo que doy mi poder cumplido tan[to]
como derecho se rrequiere a Alonso Galgos de [roto]
de los Angeles para que en mi nombre y [roto]
pre de las personas que allare la car
ta del quinto diezmo en el [gaste] que [roto]
ta della baste a sacar mil ciento y nobenta y dos
pesos de oro comun que debo al licenciado debemos a quien
los para y resiba carta de pago del y tome
en si la dicha plata y sino fuere el entrego ante
el escribano que de del ffee renuncie las leyes de la
entrega y me obligue a quedar y pagar los dichos
pesos yo ansi que para sacarlos se [calsaren] a las
personas plasos partes y lugares y solar penas
y [...] y pusiere y asentare en cuya rrason
por ante el escribano otorgo las escrituras de obli
gacion que fueren pedidascon las fuerÇas vin
[culer] y firmesaspenas postura rrenuncia
ciones de leyes y de mi fuero poderio a las jus
ticias de su magestad y su omision a ellas y con to
das las demas que para sujeto y balidacion
conbengan que siendo por el susodicho otorgadas
yo desde luego las apruebo otorgo y notifico
como en ellas se contiebiere [...] dicha can
tidad y daños para cuya seguridad enpeño a el
dicho Alonso Galgos y a las personas a quien me obliga
re las casas y obraxe que tengo en esta ciudad
telares lanas pertechos aderentel y deudas
de yndios deby dies piezas del velador
que tengo en el dicho obraxe llamado Francisco Criollo Do
mingo Angola Lucia Angola Maria [viafia] su
hija Mariana criolla Joan su hijo Ysavel
Beatriz y Diego sus hijos y todos los demas
esclabos y vienes que tengo e tubiere
de aqui adelante para que si al plaso que
pusiere no pagare los susodichos pesos pueda [el]
dicho Alonso Galgos en la persona en cuya fa [roto]
me obligare sin sitarme ni lla ma [roto]

frc_vol004_0174_b

[Al margen superior izquierdo, tinta] 1605
[Al margen superior derecho tinta] 1
[Al margen superior derecho, en lápiz] 174
[Al margen] Poder de Maria de la Paz Alonso Galgos
Sepan quanto esta carta vieren [roto]
ria de la Paz obraxera vecina desta ciu[dad]
otorgo que doy mi poder cumplido tan[to]
como derecho se rrequiere a Alonso Galgos de [roto]
de los Angeles para que en mi nombre y [roto]
pre de las personas que allare la car
ta del quinto diezmo en el [gaste] que [roto]
ta della baste a sacar mil ciento y nobenta y dos
pesos de oro comun que debo al licenciado debemos a quien
los para y resiba carta de pago del y tome
en si la dicha plata y sino fuere el entrego ante
el escribano que de del ffee renuncie las leyes de la
entrega y me obligue a quedar y pagar los dichos
pesos yo ansi que para sacarlos se [calsaren] a las
personas plasos partes y lugares y solar penas
y [...] y pusiere y asentare en cuya rrason
por ante el escribano otorgo las escrituras de obli
gacion que fueren pedidascon las fuerÇas vin
[culer] y firmesaspenas postura rrenuncia
ciones de leyes y de mi fuero poderio a las jus
ticias de su magestad y su omision a ellas y con to
das las demas que para sujeto y balidacion
conbengan que siendo por el susodicho otorgadas
yo desde luego las apruebo otorgo y notifico
como en ellas se contiebiere [...] dicha can
tidad y daños para cuya seguridad enpeño a el
dicho Alonso Galgos y a las personas a quien me obliga
re las casas y obraxe que tengo en esta ciudad
telares lanas pertechos aderentel y deudas
de yndios deby dies piezas del velador
que tengo en el dicho obraxe llamado Francisco Criollo Do
mingo Angola Lucia Angola Maria [viafia] su
hija Mariana criolla Joan su hijo Ysavel
Beatriz y Diego sus hijos y todos los demas
esclabos y vienes que tengo e tubiere
de aqui adelante para que si al plaso que
pusiere no pagare los susodichos pesos pueda [el]
dicho Alonso Galgos en la persona en cuya fa [roto]
me obligare sin sitarme ni lla ma [roto]