frc_vol004_0194_a
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[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
en ´poca o en mucha cantidad le ago gra
ciay donacion pura perfecta y no rrevo
carle que el derecho llama entre vivos
sobre que renombro la ley del ordenamyento ge
nerales que tratan en rrason de las
cosas que se conpran y benden por
mas de la mytad del justo pre
cio y es rremedio dello desde oy dia
en adelante me desisto y parto
de el derecho y auciion propiedad y seño
rio que tengo a la dicha cassay todo lo
sedo rrenuncio y traspaso en el dicho
Gaspar de Chaves conprador para que
aga dellas a su boluntad como
de cosa suya que es y le dor poder y fa
cultad para que de su autoridad o
judicialmente tome y apreenda la te
nencia y posesion de las dichas casa
y en el entre tanto que no la toma
me constituyo por su ynquilino te
nedor y posehedor para se le dar ca
da que me la pida en señal de ver
dadera tradicion le entrego los
titulos originales de la dicha
casa y como rreal bendedor me
obligo a la seguridad y saneamyento
la dicha casa en tal manera que es
mya propia y que a [...]
parte de ella no le sera movido ni
puesto pleyto no contradicion
alguna y si tal saliere luego que
por su parte es sea ffecho saver
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