[O]ff[ici]o
Sepan quantos esta carta bieren como yo Maria de la Paz o
brajera v[e]z[in]a de [e]sta ciudazd de Cholula otorgo que doi mi poder
cumplido bantante como de d[e]r[ech]o se requiere Alo[nso] Galgos
v[e]z[in]o de la ciudad de los Ángeles por aque en min nombre y pa
ra me compre de las personas que allare la cantidad de
plata del quinto diesmo a rescate que echa barata
dell abaste a sacar mill y siento y noventa y dos p[es]os de oro
comun que devo a Ber[nar]di de Lemos a quien los pague y se
sirva carta de pago del y tome en su la d[ic]ha plata y si no
ffuere el entrego [an]te [e]scri[va]no que del de ffee. Renuncie las leyes
ve la entrega y me obligue a que dare y pagare los d[ic]hos p[es]os y da
nos que para sacarlos se casaren a las personas plasas par
tes y lugares y so las penas y salarios que pusiere y asentare en
cuya rason por a[n]te [e]scri[va]no otorgue las escrituras de obligasion
que lo fueren pedidas con las fuersas binculos y firmesas penas
posturas renunciaciones de ley es y de mi fuero poderio a
las justicias
mas que para su efeto y balidasion conbengan que siendo
por el susod[ic]ho otorgadas y orden de luego las apruebo y otorgo
y retifico y me obligo de las guardar y cumplir y pagar como
en ellas se contubiere hasta la d[ic]ha cantidad y dan los pa
ra cuya seguiridad enpeño al d[ic]ho Alonso Galgos y a las per
sonas a quien me obligare las cassas y obraje que tengo en
esta ciudad telare panas partes hora de rentes y deudas
de indios del y dies piesas de esclavos que tengo en el d[ic]ho obra
je llamados Fran[cis]co criollo Domingo Angola Luisa Angola