4_01_Poderes_generales

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[crismón gráfico] [roto] 32 [a lápiz] 36 ni enagenar y estanto que le pagada esta parecida son pena la venta en agenacion que de otra manera se supiere sea en si ninguna y no valga y las pueda sacar de poder de la persona o los tubiere y executar en ellas y hazerse pago y por lo ffaltare en su persona y bienes y alguna persona de lo que pues aver doy poder a las personas algunas de quales quienes quales sean y en es pecial a las de la dicha ciudad para que me conpelan a punto dello y pues como persona pasado en cossa juzgada e de las leyes en ffavor con a general derecho como dello qual otorgue la presente ante yo escribano publico y es ffecha en la ciudad de Cholula en dies dias del mes de noviembre de mil seis cientos y quatro años y otorgo yo escrividor que conozco no ffirmo por que dixo no saver a su rruego lo ffirmo un testigo siendo de Medina Gabriel y su mismo punto y Bocardo Diego vecinos de esta ciudad. Por testigo [rúbica] Gabriel de Medina Ante mi Franco Joan Escribano publico

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[Crismón gráfico] [Auto] En el nombre de la santisima trinidad padre e ijo y espiritu santo tres perso nas y un solo dios berdadero sepan Tadeo Juan la carta de su testamento y entidad por buena boluntad vieren como yo Martínez Andrés vecino y labrador en esta jurisdiccion de Cholula hijo legitimo de Martínez Juan y de María a su legitima muger natu rales que fueron de la Villa de la Vo veda junto a la ciudad de Toro y en rre ynos de Castilla estando enfermo de cuerpo y sano de la boluntad y en mi juycio y entendimiento de qual dios nues tro señor fue servido de dar y creyendo como berdaderamente creo en todo aquello que tiene fee y confiesa la Santa ma dre iglesia catolica romana bajo de cuya creencia protesto vivir y morir y tomando como tomo por mi ynterseda a la virgen santa maria señora nuestra para que con su fabor y ayuda y la de los santos de la corte selestial que rruego a dios por mi anima tenyendo me de la muer te que cosa natural ago y ordeno mi tes tamento la manera siguiente [línea de cancelación] [auto] Priemeramente encomiendo mi anima a dios nuestro señor qual a cuio y [...] [...] por su presiosa sangre y es cuerpo a la tierra de lo fue formado el qual quiero que sea sepultado en la yglesia de San Gabriel desta ciudad la partes lugar donde estase sepultada Alonso María mi muger que el delante vez altar colateral de al cusifijo [línea de cancelación]

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[crismón gráfico] [roto] [subrayado] 33 [a lápiz] 37 [auto] ytem mando que mi cuerpo sea sepul tado con el avito del Señor San Francisco para lo qual desde luego lo demando y sepa que alli mos no del de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem mando que si dicho fuere servido de me debo con el dia de mi entierro sien do cria para lo quse me diga una ni la dada como es costumbre y se pague la limosna de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem mando que el dia de mi entierro salga acompañar mi cuerpo todos los religiosos que ubiere en este con vento con boluntad ensendida que se les de de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem mando que se digan por mi anima un nobenario de de misas cantadas con diacono y su diacono ofrenda de pan y vino y sera y es pagada la limosna de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem mando que se digan pormi anima y la de Alonso María mi muger y difunta sien misas rresadas y la mayor parte dellas se digan en el altar de anima y se pague la limosna de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem mando que se digan sinquenta misas rresadas por aquel per sonal a quien pueda ser alguna cosa acargo que no me acuerdo [línea de cancelación] [auto] ytem que se digan por las ani mas de mi padre sinquenta mi sas rresadas y se pague la limosna de mis vienes [línea de cancelación] [línea de cancelación]

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[crismón gráfico] [auto] ytem mando de limosna de convento de San Gabriel de la ciudad cien pesos de oro co mun para los conventos de los religosos porque rruegen a dios por mi anima [línea de cancelación] [auto] ytem mando a las [...] y a [...] de mis vienes [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que tengo por mus vienes los siguientes [línea de cancelación] [auto] Primeramente una estacia de labor que tengo en tierras de la ciudad en el pago de San Miguel en que a seis caba llerias de tierra poco mas o menos la qual estan edificadas unas casas y con tra el ya [...] de todo lo nesesario con veynte y quatro bueyes y ocho rrejas y un criador y carretada nueva y coyun [...] [línea de cancelación] [auto] ytem tresientos pinos poco mas o menos chicos y grandes que ayudan la dicha labor [línea de cancelación] [auto] ytem quatro caballos de diferentes yerros y colores [línea de cancelación] [auto] ytem todo el mais que esta por coxer la doy a labor que fueron seis a negar de San [...] en que me parese labra de cose cha seiscientas anegal poco mas o me nos [línea de cancelación] [auto] ytem declaro de mis vienes todo el mue ble que se allare la dicha mi casa [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que me debe de Rrojo Fulano tosinero que bibe en la ciudad de los ange les junto al ospital de San Pedro ciento [línea de cancelación]

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[cirsmón gráfico] [roto] [tachado] 663 [subrayado] 34 [a lápiz] 38 y sinquenta y sinco pesos de oro comun de ganado prieto que le vendi de que no ay recaudo mando que se le de el suso dicho [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que me debe [...] Rrodir guez de color moreno me somero des ta ciudad doy por mando que se cobre del suso dicho [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que me debe de Ocon Antonio vecino desta ciudad diez pesos de oro co mun mando se cobren del suso dicho [auto] ytem declaro que me debe Rodriguez Pedro ciento treinta pesos de oro comun el qual vecino de la ciudad de los angeles de rreal orden con el vendi mando se cobre dell [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que me deben los yndios gañanes que doy en mi asienda que son diez yndios y los de la masegual por quinientos pesos de oro comun poco mas o menos como pareser a por mi libro de cuenta que tengo por con los suso dichos de quedara cuenta de los quien son Martínez Juan mi hijo [auto] ytem declaro por nuestros vienes una silla escridona con su fuero y una espada y toda la rropa de mi vestir [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que debo a Martínez Francisco mi hi jo setecientos pesos de oro comun de el tienpo que me a serbido como labor lo que a delanto docientos pesos que le quede a pagar por pedido de Angulo Jose mi yerno que se cons [línea de cancelación]

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