frc_vol002_0627_a

OverviewVersionsHelp

Here you can see all page revisions and compare the changes have been made in each revision. Left column shows the page title and transcription in the selected revision, right column shows what have been changed. Unchanged text is highlighted in white, deleted text is highlighted in red, and inserted text is highlighted in green color.

3 revisions
Merced at Feb 11, 2021 06:08 PM

frc_vol002_0627_a

[Al margen superior al centro: dos líneas paralelas]

lo ypotecamos por esop[daño por insecto]ecial y espresa ypo
teca a la dicha Maria negra para no la puda
bender a ninguna persona hasta que real
mente este pagada esta dicha deuda so pena
que la venta que de otra menera se
hiziere sea en si ninguna y no valga y pueda
sacar la dicha negra de poder de la persona
en cuyo poder estubiere sin que la ypo
teca especial derogue a la parte ni por
el contrario en cunplimiento de lo qual otorgo
la presente ante escribano y vezinos ques ffecha en la
ciuadad de Chlula en quinse del mes
de agosto de myll y seiscientos y un años
y los otorgantes que yo el escriano doi ffe que conozco
lo ffirmaron de sus nonbres los quales
diron poder a las justicias de su majestad para que
los conpelan al cunplimiento de lo que dicho es
cono por sentencia pasada en cosa jusgada
e rrenunciaron las leyes de su ffavor
con la general del derecho siendo testigos Diego
Bocardo y Matias Davila y Sebastian
Muñiz vecinos de esta ziudad

[Al centro] Francisca de Mesa [Subrayado] [Rúbrica]/ Antonio de Molina [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/ Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]

frc_vol002_0627_a

[Al margen superior al centro: dos líneas paralelas]

lo ypotecamos por esop[daño por insecto]ecial y espresa ypo
teca a la dicha Maria negra para no la pudo
bender a ninguna persona hasta que real
mente este pagada esta dicha deuda so pena
que la venta que de otra menera se
[...] sea en si ninguna y no valga y pueda
en cuyo poder estubiere sin que la ypo
teca especial derogue a la [...] no por
el contrario en cunplimiento de lo qual otorgo
la presente ante escribano y su ques ffecha en la
ciuadad de Chlula en quinse del mes
de agosto de myll y seiscientos y un años
y los otorgue que yo el escriano doi ffe que conozco
lo ffirmaron de sus nonbres los quales
diron poder a las justicias de su majestad para que
los conpelan al cunplimiento de lo que dicho es
cono por [...] pasada en cosa jusgada
o teniniciaron las leyes de su ffavor
con la general del dicho sendores Diego
Bocardo y Matias Davila y Sebastian
[...] vecinos desta ziudad

[Al centro] Francisca de Mesa [Subrayado] [Rúbrica]/ Antonio de Molina [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/ Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]