frc_vol002_0624_b

OverviewVersionsHelp

Here you can see all page revisions and compare the changes have been made in each revision. Left column shows the page title and transcription in the selected revision, right column shows what have been changed. Unchanged text is highlighted in white, deleted text is highlighted in red, and inserted text is highlighted in green color.

6 revisions
Merced at Feb 04, 2021 11:31 AM

frc_vol002_0624_b

[Al margen superior derecho] 18 [Subrayado]
[Al margen superior derecho] 181 [Tachado]
[Al margen superior derecho, en lápiz] 622

de myll y [daño por insecto] seiscientos y un años y los otorgantes
e yo el escribano doi ffe que conozco lo ffirmo
de dicho Ancelmo Lopez y para la dicha Mariana
Marquez un testigo siendo vecinos Juan de Piñeda
y Sebastian Guilso y Anton Sanchez Bys
cayno vecinos estantes en esta dicha ciudad va
tasado ffuere no vala [Línea de cancelación]

[Al margen derecho: Rúbrica]
[Al margen derecho] Ancelmo/ Lopez [Rúbrica]
[Al magen izquierdo] por testigo y a ruego de la otorgante/ Juan de Piñeda [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/ Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]

[Al margen al centro: crismón gráfico]
[Al margen izquierdo: Brevete] poder de A/gustin Maldonado/ a Diego de Coca

sepan quantos esta carta vieren como yo Agustin Mal
donado masa riegos vezino desta ziudad otorgo y conozco por
esta carta que doy e otorgo todo mi poder cumplido
qual de derecho se requiere y es necesario a Diego de Coca
Rendon vezino de esta ziudad que esta ausente general
mente para en todos mys pleytos causas y ne
gocios cibiles y criminales movidos e por mo
ver que yo oy tengo con quales quier personas

y las tales y otras qualesquier contraen
los año esperan aver y tener y no ver en qual
quier manera ansi demandado como de
ffendiendo y para que podays recibir y co
brar qualesquier maravedis pesos de oro
joyas esclavos bestias ganados y otras
y otras quales quier cosas que sean ansi por
obligaciones conoscimyento cuentas
del oro o en otra qualquier manera

frc_vol002_0624_b

[Al margen superior derecho] 18 [Subrayado]
[Al margen superior derecho] 181 [Tachado]
[Al margen superior derecho, en lápiz] 622

de myll y [daño por insecto] seiscientos y un años y los otorgantes
e yo el escribano doi ffe que conozco lo ffirmo
de dicho Ancelmo Lopez y para la dicha Mariana
Marquez un testigo siendo vecinos Juan de Piñeda
y Sebastian Guilso y Anton Sanchez Bys
cayno vecinos estantes en esta dicha ciudad va
tasado ffuere no vala [Línea de cancelación]

[Al margen derecho: Rúbrica]
[Al margen derecho] Ancelmo/ Lopez [Rúbrica]
[Al magen izquierdo] por testigo y a ruego de la otorgante/ Juan de Piñeda [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/ Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]

[Al margen al centro: crismón gráfico]
[Al margen izquierdo: Brevete] poder de A/gustin Maldonado/ a Diego de Coca

sepan quantos esta carta vieren como yo Agustin Mal
donado masa riegos vezino desta ziudad otorgo y conozco por
esta carta que doy e otorgo todo mi poder cumplido
qual de derecho se requiere y es necesario a Diego de Coca
Rendon vezino de esta ziudad que esta ausente general
mente para en todos mys pleytos causas y ne
gocios cibiles y criminales movidos e por mo
ver que yo oy tengo con quales quier personas

y las tales y otras qualesquier contraen
los año esperan aver y tener y no ver en qual
quier manera ansi demandado como de
ffendiendo y para que podays recibir y co
brar qualesquier maravedis pesos de oro
joyas esclavos bestias ganados y otras
y otras quales quier cosas que sean ansi por
obligaciones conoscimyento cuentas
del oro o en otra qualquier manera