Pages That Mention Xtobal Ximenes
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En la ciudad de cholula en cinco dias del mes de mayo de myll e seisçientos catorze años ante fernando cal deron de vargas Fernando Calderón de Vargascorregidor desta civdad por su magestad pareszieron unos yndios mediante juan de alcaxar E interprete dixeron llamarse diego de olmos y ana ximenes su muger y son naturales desta civdad al barrio de santiago y dixeron que por bienes de don xtobal ximenes [texto tachado] su aguelo de la susodicha quedaron unas casas en esta ciudad en el barrio de San miguel de cholula que son en esquina y lindan por una parte con casas de balthasar yndio y enffrente de las casas de Xtobal Rodriguez [Roto] español i ser esto verdad y al tiempo y mando ello de aquello mismo en el testamento que puzo testigo dexo con denado que la mitad de lo que i entera La Dicha casa fuese Sma lo yglesia y enterrado de en limosna por cien pesos una y la otra mitad de la dicha venta de esta casa que se y a como de dicho testamento que esta en len gua mexicana esta y por eso quiere fueron derecho su presuntacion para que se traduze en lengua castellana y se cumpla lo en el contenido y porque de las dichas casas de ninguna manera tienen provecho y esto me en ellas y tienen Otras casas que estan y cada dia estas gana menos porque vendo pudien dose puedan pidieron al dicho corregidor se le fuece ma su firma de la paternidad que suelen de las que par
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En La ciudad De choLula en Veynte y tres dias del mes de abril de mill y seis[ciento]s y quinse a[ño]s Ante Fernando calderon de Bayas corre gidor desta civdad Por su mag[esta]d La presen to el contenido con el t[e]stamento que enella se deceara [Línea de cancelación] Christobal Rodrigues v[e]z[cin]o d[e]sta civdad De choLula Digo que a pedim[en]to de diego de olmos y ana ximenes yndios natu rales d[e]sta civ[da]d Herederos de don Xtobal Ximenes se traxeron enn[es]ta pregon Unas casas en[e]sta civdad en el barrio De san miguel y cholula en confor midad se viese d[i]cho Dion Xtobal Xime nes Por t[e]stam[en]to otorgo manda que La mitad de la dicha casa o su balor se de a la yglesia dsta civdad Para que se digan misas por su anima y La mitad a los dichos diego de olmos y ana xime nes y para sto pidieron se le rreciviese ynform[aci]on de la utilidad que se les siguia de la d[i]cha y umd La mando Dar y an Dubieron treynta dias en pre gon Las dichas casas y en mi como en mayor ponedor se rrema taron en quinientos y sico pesos de Oro comun los quales exsivi y es tan de Positados Por quanto V[uestra] m[erce]d
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mando no tome posecion de la dicha ca sa Hasta traer confirmacion de dicho rremate de su excelencia y para ello se n viaron Las diligencias y para que cons te de la boluntad del testador conviene a mi do que del testa mento que otorgo el dicho Don Xtobal Ximenes en lengua mexicana se trasunte en lengua castellana y se ponga con las dichas diligen cias y rremate Para que su Excelencia Le conste dello y conforme al rre mate en mi Hecho [Línea de cancelación] a V omd pido y sin ppco Le ara por pre sentado y mande se trasunte como tengo pedido y pido jura [Línea de cancelación] el corregidor dixo que avia ello por Presentado el dicho tstamento y mando que se ponga en las diligen cias el rremate de las casas conte nidas en la peticion De atras yual Por Juan grande ynterprete se trasunte en Lengua castellana y trasuntado se le de al dicho Xtobal Rs untrdo para el efeto que la pide autorizado y a dicho provecho fer[nan]do calderon ante my Joan Franco juzgado publico y cumpliendo con el mandato por dicho corregidor yo juan grande ynterprete deste jusgado trasunte el t[e]stam]en]to qu[e]sta peticion Se tiene que su tenor es como se sigue
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En el nombre de Dios amen padre y dios Hijo y dios espiritu s[an]toHago y enpieso mi testam[en]to sepan todos Los que bieren Ste papel que soy yo y me llamo Don Xtobal Ximenes vesino EnSta civdad de Cholula soy natural y del barrio de San miguel y Cholula y agora me llama nuestro Dios [e]Stoy enfermo y muy al cabo a un que en mi corazon y en my anima y mi entendimy[en]to [e]Stoy bueno esperando La muerte que nadie escapa della y ansi Hago mi testam[en]to alcabo y me mate se ponga Para que siempre Se guarde y que nadie Lo estorbe y por [e]Sto Hago mi t[e]stam[en]to [Línea de Cancelación] Primeram[en]te mando mi animaa dios que la crio a quien suplico que sea serb[i]do de perdonarme todos mis pecados y me llebe a su santa gloria y en apartando le mi anima del cuerpo sea enterrado en Sagrado a donde el sacerdote señalare mi sePoltura como cristiano y Bauti sado que soy y casadopor la santa m[adr]e Yglesia. [Línea de Cancelación] Lo primero que mando quando muera y fallesca que sea yo enterrado en la sepoltura que me dieron y seña Laron Los prelados y provinciales Fray miguel de nabarro y fray es teban de alcoba y fray rrodrigo Duran en La qual sepoltura seayo enterrado
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Tierras ube y comPre a la santa ygle sia siendo guardian fray steban de aLco ba siendo mayordomos Antonio de [?] cios y jose [?] de los angeles y [cruzo]bue nabentura tirado y que costo quinse Pesos y mando se den a mis hijos Fran[cis]ca Ximenes y ana ximenes y diego de ol mos quello guarden esto mando. [Línea de cancelación] el desimo mando que tengo un macho que bale treinta y sinco pesos se los dejo a mis Hijos Ana Ximenes y Diego de olmos y [promdo] el onseno mando que todo lo questa en el caxon con la prumeria con que seLebra bamos Las fiestas lo dexo al pri para que se Lieren las fiestas y sto dexo y mando al doseno m[an]do que dexo una silla de [?] y una capa y un coLchon todo se guarde Para mis Hijos y ansi Lo mando [Línea de cancelación] Al treseno mando que tengo tres yma genes una de san diego que costo la hechura treynta pesos y echa de la limpia conse cion de nuestra s[eñor]a que costo su hechura Dies pesos y un ece homo que costo ech chura ocho pesos todo lo qual mando que quede todo en poder de mi Hija Fran[cis]ca Ximenes Sto mando [Línea de cancelación] En el catorseno decearo que dexo dies Plumas Las quales mando le den a la yglesia y de su balor dellas se di gan por mi anima tres misas y una por las animas del purgatorio y sto m[an]do En el quinseno m[an]do que una [asmis] se y