page_0062

OverviewVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Needs Review

De my y ansi mando no me desparra
me mis hijos por el poco servicio que tube
della La desheredo porque no ha teni
do de mis vienes y asi lo desearo y mando
Con sto doy fin y acabo mi tstam[en]to Yo don
Xtobal Ximenes y digo qu ste testamento
sea balido y digo que no queda Otro en poder
de ninguna persona [?] Para derecho
Lo doy Por ninguno Y ste basta y tiene L
suerte po lo bieren las guras que tie
ne a cargo otros jueses alcalde mayor
Corregidor que seguido siendo [?] cotzin
cosme Ilaue y Juan Bautista y buena
bentura de san martin y firmaron
de su nombre en mi presencia y mi consen
tim[ien]to otorgo ste papel y lo firme fecha
oy Domingo a dies y seis Dias del mes de dic a e[diciembre?]
de mil y seis cientos y seis aos [años] di cotzin
cosme Have años Gusepe de los angeles
que escrivio el papel [Línea de cancelación]
El qual dicho trasunto Bacierto y ber
dadero a miselal saber y entender
y ansi Lo juro a dios y a la Cruz en for
ma ded y su trimo de mi muner
ques fecha en la ciudad de cholula en
tres dias del mes de junio de mil y
seiscientos y quinse años
Ju° granes
Firmo ante my
Joan Franco
Ruiz

Notes and Questions

Nobody has written a note for this page yet

Please sign in to write a note for this page