Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Catalina Beltran

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matrimonio tienen hjios y por tales ma rido y muger sson avidos y tenidos publica y co munmente y esto rresponde De la quarta Pregunta Dixo que ssabe que el dicho diego beltran hermano lixitimo de la dicha Catalina beltran es muerto notoriamente de enffermedad que dios le dio porque lo vio muerto y se hallo pre sente a su muerte y murio en el valle de toluca junto a mexico en el pueblo lla mado jiquipilco y no fue Cassado ni de jo hijos que le pudiesen heredar y assi fue publico y notorio en el dicho valle y assi es su heredera ab entestato la dicha catalina beltran su hermana y asimismo ha oydo desir que el dicho Juan beltran su hermano fue a las yslas philipinas por ssoldado y que no a escripto ni se ha ssabido de el mas y no ssabe otra cossa y esto rresponde de la quinta }pregunta Dixo que por lo que dicho testigo ssabe que la dicha catalina beltran es here dera del dicho Alonso beltran su padre y del dicho diego beltran su hermano y esto rresponde De la sexcta Pregunta Dixo que lo que dicho tiene es Verdad publico y notorio publica y fama sso cargo del Juramento que tiene ffecho en que se afirmo y rratifico y lo firmo de su nombre Juan pardo [rubrica] xtoval tremyño [rubrica] Joan de Gamiz scrivano publico [rubrica]

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ta y un pessos de oro commund mando se le paguen Yten declaro que devo a juan fernandes alfaro Vezino de la ciudad de los angeles sesenta Pessos de oro commund por Recaudo mando de le paguen Yten declaro que devo a Juan martines de erra mer cader diez pessos de oro commund mando se le paguen [línea de cancelación] Yten declaro que yo fui cassado y belado segun horden de la ssanta madre Yglesia con elbira beserra mi primera muger Y durante nuestro ma ttrimonio obimos e pro creamos por nuestros hijos ligitimos a diego martin bexarano y a catalina beltran y Juan alonso beltran

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[Al centro] Crismón gráfico [Margen superior derecho][a lápiz] 622 [con tinta] 32

[Item] Gomez de Guisamo Juan marido lexitimo de Beltran Catalina hixa y unica heredera de Beltran Alonso difunto en lo que tengo pedido sobre la lixitimacion se mi persona y ser parte para poder seguir la causa executiba que los al baseas del dicho Alonso Beltran siguieron contra los bienes de Perez Maldonado Diego que son la tierra que del difun to le bendio y el comprador le ypoteco a la aga de su balor por cuyo pleyto se siguio la dicha acusacion y por consta del albaseasgo de anulo y puso en su primer estado digo que yo tengo dada bastante ynformacion de ser parte lexiti ma en esta causa y a mayor abundamiento presento con el ju ramento nesesario este testamento que yo Alonso de Beltran otorgo y debaxoo de cuya jurisdicion y boluntad fallecio por el cual declara y nombra por su hixa lixitima y e redera a la dicha Catalina Beltran mi muxer y a Martin Diego y Beltran Juan Alonso sus ermanos. Por cuya muerte a huntestado quedo la suso dicha unica y sola en la ducha heren cia y en birtud de todo ello. [Item] a vuestra merced pidio y suplico nuestro declarante por parte lixitima en esta causa y librarme mandamiento de execusion contra la persona y bienes del dicho Diego Perez Maldo nado y especialmente contra las tierras bueyes [...] [...] de las [...] [poteca]¿? que primero se executaron y depositaron en Tenorio Juan por el precio de la dicha devida qye no son cientos y qua renta y tres pesos menos lo que constare aberse pagado a par te lixitima y de que yo no puedo ser sabidor y sobre todo pido justicia y costas y juro la devo en forma de derecho

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[Auto] [Crismón gráfico] [a láíz] 623 [con tinta] 33 En la ciudad de Cholula en seis dias de junio de mill y seiszientos y diez y nueve años ante Pardo de Aguero Joseph corregidor en ella por su magestad aviendo visto estos autos y lo pedido por Gomez de Guisamo Juan como mando y conjunta persona de Beltran Catalina hija y heredera de Beltran Alonso difunto en ra çon de que se declare por persona legitima para seguir el pleito de execusion que Lopez Andres albacea que dixo ser del dicho Alonso Beltran començo a seguir contra Perez Maldonado Diego por ochozietos y quarenta y tres pesos que parece serle deudor en virtud descrita que por su poder se presento y vista la informacion que de la dicha legitimacion tiene dada y el mandamiento de execusion que pido por la dicha cantidad ffecha dixo que declaraba y declaro a la dicha Cata lina Beltran por hija heredera del dicho Alonso Beltran difunto y al dicho Juan Gomez de Guisamo como su legitmo del dicho pleito y corbança de la dicha canti dad y atento a que por la informacion que el suso dicho tiene dada no consta suficientemente ser unica heredera la dicha Catalina Beltran y vez fallecido Vexarano Diego Martin y Beltran Juan Alonso sus herederos y coherederos mandaban y mando se le despache y lbre al dicho Juan Gomez el mandamiento de execusion que pide por la dicha cantidad contra las personas y bienes del dicho Diego Perez Maldonado y especial y [...] [...] contra los que a pedimento del dicho Lopez Andres se exe cutaron y depositaron en Tenorio Juan con que primero y ante to das las cosas de fian legall an avonada de que si en virtud de sentencia de remate ultimo remate en la dicha via executiba que siguiere ubiere y enbraze toda la dicha cantidad de lo que de clase de viere y en algun tiempo parecieren los dichos herederos o alguno dellos a persona legitima que por ellos sea y pi dieren la persona y porcion que les perteneciere de la dicha deuda de la dada por persona llanamente y con esto se le de el dicho mandamiento y por asiento si lo [...] y mando y firmo con parecer de assesor. [Rúbrica] Joseph Pardo de Aguero [Rúbrica] Escribano de Alvarez y Guevara Joseph

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[Al centro] Crismón gráfico [al margen superior derecho] [a lápiz] 625 [con tinta] 35 [Item] Alguacil mayor desta ciudad de Cholula qual quiera de vuestros Thenientes [...] entrega execucion en la perssona y bienes de Perez Maldonado Diego y especial y señalada mente en seys cavallerias de tierra y quince bueyes en esta jurisdiccion de que procede la devida por consa de ocho sientos y quaren ta y tres pesos de oro comun que parece deber a los herederos de Beltran Alonso difunto de tres años del precio de las dichas tierras sobre y es escriptura que nuebamente se le presento ante mi por Gomez de Guisamo Juan marido lexitimo de Beltran Catalina heredera del dicho difunto por quien se nos de parte y para los demas here dedors deba poder de desta franja que le mande por fin en juicyo del dicho que ay contra de Tenorio Juan depositario de las tie rras y bienes en la execusion qe se le pido por las deuda y se dio por ninguna y bol vio a este estado en el qual la parte juro la deuda en forma por la qual y la ciudad y las casas en forma y conformidad ffecha en clausula en diez de junio de mill y seyscientos y diez y nueve años [Rúbrica] Pardo de Aguero Joan [Rúbrica] de Ramirez Joan Escribano por la causa

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