72

OverviewVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Complete
Show Translation

y subalternos de los navíos que lleguen al puerto de Veracruz y de los ranchos y vino de raciones de los soldados u otro cualesquiera que se introduzca legítimamente se ha de cobrar o asegurar también en la aduana el [ilegible] de alcabala a 4 pesos al tiempo de la entrada, siempre que no se manifieste al administrador real orden particular para liberarse de ella, pues el permiso de las generales, no se extiende a esta gracia y la reviste ley la ley 12 título 13 libro 8 de la recopilación de este reino que para el más exacto cumplimiento encarga a los generales de armada y flotas que no impidan ni embaracen la cobranza de los [ilegible].

97 Que se cobre también al arbitrio de aguardiente a la entrada en Veracruz a razón de 3 pesos por cada barril.

Por ahora e interim subsista el arbitrio en el aguardiente se ha de cobrar a razon de 3 pesos al tiempo de la introducción en Veracruz en lugar de los cuatro con que ha contribuido cada barril a su salida por ser de este modo más fácil y segura su recaudacion quedando beneficiando el

Notes and Questions

Nobody has written a note for this page yet

Please sign in to write a note for this page