frc_vol002_0388_b

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[Al margen superior al centro, crismón]
[Al margen superior derecho, a lápiz] 387
[Al margen superior derecho, a lápiz color rojo] 4 [tachado]
Yo Miguel Martinez Salcedo vecino de esta ciudad de Cholula
otorgo que doy en arrendamiento a Bartolome
de Mendoza, estante en esta ciudad una casa
y tienda que tengo en una Esquina en la
calle que sale de la plaza de estar ciudad
para el camino de mexico y linda por
una parte con cassas de Bartolomé Sanchez
y con Gaspar Temayotl yndios y otros linderos y se las
arriendo con todo aquello que les pertenece
por tiempo de un año que comienza
a correr y se contar desde oy dicho dia por
rrazon de setenta y pesos de oro comun que
a de dar por el dicho tiempo pagados por décadas en qua
tro meses lo que montare y de esta mane
ra mio vecino temo le quitar ni le sera quitada
la dicha casa y tienda en manera alguna
so pena de dar otra tal y tan bue
na y en tan buena parte y lugar
y por el mismo tiempo y precio y estan
do presente yo que dicho Bartolomé de Mendoza
a esto el dicho arrendamiento y me obligo
a pagar los dichos sesenta pesos a los plazos
que van declarados y no dexar la dicha
casa y tienda durante el dicho tiempo so
pena que pagar la renta de vajo de el en el
y cada parte por lo que nos toca obliga
mos nuestras personas y bienes con poder
y son en razon a las justicias de su magestad
de qualquier parte que sean y en espe
cialmente a las de esta ciudad a cuio fuero y
jurisdicion rrenunciando mandado el mio propio
Vezindad y la alli sid convenerid

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