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bryangreen at May 09, 2023 02:28 PM

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J.G.I.

Alonso del Castillo v[ecin]o desta cibdad de temytitan rrespondiendo al pa
resçer q[ue e]l señor lyçenciado marcos de aguylar justicia mayor enesta
nueva españa por la çesaria Catolyca magestad/ del emperador n[uest]ro s[eñor]
pide para ynformar a su magestad sy sera bien poner los yndios desta
nueva españa en lybertad o dar los perpetuos/ o por vasallos digo q[ue]
[en] cuanto a la lybertad dellos/ no es mi paresçer que tal se les de por q[ue]
son todas las ynposyçiones y tributos que ellos antes daban al mon
teqçuma sy agora de nuevo se les podiese ynponer no bastarya lo que
en diez años diesen para pagar un año a los españoles [y] solamente
ay neçesydad en la tierra para la tener segura que no se alçen aunque
fuese muy moderado el salaryo q[ue] se les diese/. y ellos estando en lybertad
y solos tornaryan con mas fuerça que prymero a ydolatrar y sacry
ficar y hazer todos los otros ritos que ellos tienen y no se allaryan
españoles en la t[ie]rra que por interese del salaryo q[ue] fuesen req[ueri]dos en ella
/. dar los perpetuos pa[ra] q[ue] se hereden por via de mayorazgo y que no se
devidan en partes syno que suçedan en los hijos mayores o paryentes
mas propycios desta manera los naturales seryan myjor tratados
y conservados y con amor curados y reformados en sus neçesidades
como cosa propia y seryan yndustriados en las cosas de n[uest]ra santa fe
q[ue e]s el prençipal respeto q[ue] se deve tener por que tenyendolos los españo
les amor y por suyos propios an de trabajar su conbersyon con mucha
dilygencia /. y desta manera las rentas de su magestad serán más a
creçentadas por que trabajarán de busar oro y descobryr mynas y pone[r]
heredades y otras granjeryas lo qual no haçen al presente por que no tien
en ellos propiedades y mas mando de lo que quyere el que gobierna y son
merçenaryos y desta cabsa son destruydos y no se procura su conserbaçio[n]
como se a visto por esperyencia en las yslas q[ue] las mudanças d[e] los rrepar
timy[ent]os destruyeron y acabaron los yndios y tal prynçipio lleva esta t[ie]rra sy n[o]
se remdya de dallos perpetuos porque los españoles ternán más amor [?]
la t[ie]rra y se enoblesca y por que cada uno procurará de labrar y poner viñ[as]
y arboles y dexar sus hijos esta t[ier]rra y no ternán pensamy[ent]o de rrobarlos y yr
se a españa como asta aquy lo hazen y su magestad descargará su real
conciençia a[qu]y con los naturales por q[ue e]sto les conbiene como con los con
quystadores q[ue] tanbyen lo an seydo y este es my paresçer en my conçiençia
a todo lo que alcanço y se de la tierra/. como onbre y en ella sea

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J.G.I.

Alondos del Castillo v[ecin]o desta cibdad de temytitan rrespondiendo al pa
reçer q[ue e]l señor lyçenciado marcos de aguylar justicia mayor enesta
nueba españa por la [] Catolyca magestad/ del emperador n[uest]ro s[eñor]
pide para ynformar a su magestad sy sera bien poner los yndios desta
nueba españa en lybertad o darlos perpetuos/ o por vasallos digo q[ue]
[en] cuanto a la lybertad dellos/ no es mi paresçer que tal seles de por q[ue]
son todas las ynposyçiones y tributos que ellos antes daban al mon
teqçuma []agora de nuebo seles podiese ynponer no bastarya lo que
en diez años diesen para pagar un año a los espaloles que solamente
ay neçesydad en la tierra para la tener segura que no se alçen aunque
fuese muy moderado el salaryo q[ue] se les diese/. y ellos estando en lybertad
y solos tornaryan aun mas fieras que prymero a ydolatrar y sacry
ficar y hazer todos los otros ritos que ellos tienen y no se a[]yan
españoles en la tra[baj]o que por interese del salaryo q[ue] fuesen rre[] en ello
/. dar los perpetuos pa[ra] q[ue] se hereden por via de mayorazgo y que no se
debidan en partes y no quedan en los hijos mayores o paryentes
mas propycios desta manera los naturales seryan myjor tratados
y son serbidos y con amor curados y rreformados en sus neçesidades
como cosa propia y seryan yndustriados en las cosas de n[uest]ra santa fe
q[ue] el prençipal respeto q[ue] se debe tener por que tenyendolos los españo
les amor y por suyos propios an de trabajar su conbersyon con mucha
dilygencia /. y desta manera las rrentas de su magestad serán más a
creçentadas por que trabajarán de busar oro y descobryr mynas y pone[r]
heredades y otras granjeryas lo qual no harán al presente por que no tien
en ellos propidades mas mando de lo que quyere el que gobierna y son
merçenaryos y desta cabsa son destruydos y no se procura su conserbaçio[n]
como se a visto por esperyencia en las yslas y las mudanças d[e] los rrepar
timy[ent]os destruyeron y acabaron los yndios y tal prynçipio lleva esta [] y [no]
se rremdya de darlos perpetuos porque los espaloles ternán más amor []
l tr[] q[ue] se enoblesan y por que cada uno procura de labrar y poner viñ[a]
y arboles y dexar sus hijos esta tr[] y no ternán pensamy[ent]o de rrobarlos y yr
se a españa como asta aquy lo hazen y su magestad descargará su real
conciençia [] los naturales por esto les conbiene como con los con
quystadores que tanbyen lo an seido y este es my paresçer en my conçiençia
a todo lo que alcanço y se de la tierra/. como []onbre y en ella sea