| 71Poder
sepan quantos esta carta vieren como yo andres Lo
pez vezino de esta ciudad de cholula de esta Nueva España otorgo e conozco por esta carta que
doy mi poder cumplido qual de derecho se rrequiere
y mas puede y deve valer a miguel gallardo vezino del
pueblo de queretaro presente espeçialmente para
que por mi y en mi nombre rreçiua y cobre de Juan Lopez mi
hijo rresidente en las minas del palmar donde es
vezino y minero de los bienes mios que alla tubiere en
qualquier manera o plata que obiere sacado de mis
minas cantidad de çinquenta pesos de oro comun mas
o menos lo que yo pareçiere deverle por escritura de o
bligaçion que contra mi tiene como çisonario que es de
Juan de Pedrica vezino de san luis y de el rresçiuo de cartas
de pago auto finiquito y valgan como si yo las
diese siendo presente emirçicon de la cobrança haga
de
Juicio de pedrica vezino de san luis de contar
como
presente de la Casa
ante quales quien justa de quales quien
Las al al al
Pantes que sean como en su derecho çeguidos
los España de la dicha can
tidad en tres la dicha el consta de pago
y de en que pasandole el dicho mi hijo lo que
el de y entregue un bestido
En mi jues gallardo
del llante de la ago
rrada morado consuelo
y peata y unos e presado
de traidor con una
contrate han clonado y un lo
fezile al
en el traido la
dicha paga mi gallardo retenga En
si centido venda al al por
el que hallane y su procedido tome
España En quenta del al dicha devida y lo ponga
pago a dicha que
tan costante poden como
requiere mi traçion para cuya | 71Poder
sepan quantos esta carta vieren como yo andres Lo
pez vezino de esta ciudad de cholula de esta Nueva España otorgo e conozco por esta carta que
doy mi poder cumplido qual de derecho se rrequiere
y mas puede y deve valer a miguel gallardo vezino del
pueblo de queretaro presente espeçialmente para
que por mi y en mi nombre rreçiua y cobre de Juan Lopez mi
hijo rresidente en las minas del palmar donde es
vezino y minero de los bienes mios que alla tubiere en
qualquier manera o plata que obiere sacado de mis
minas cantidad de çinquenta pesos de oro comun mas
o menos lo que yo pareçiere deverle por escritura de o
bligaçion que contra mi tiene como çisonario que es de
Juan de Pedrica vezino de san luis y de el rresçiuo de cartas
de pago auto finiquito y valgan como si yo las
diese siendo presente emirçicon de la cobrança haga
de
Juicio de pedrica vezino de san luis de contar
como
presente de la Casa
ante quales quien justa de quales quien
Las al al al
Pantes que sean como en su derecho çeguidos
los España de la dicha can
tidad en tres la dicha el consta de pago
y de en que pasandole el dicho mi hijo lo que
el de y entregue un bestido
En mi jues gallardo
del llante de la ago
rrada morado consuelo
y peata y unos e presado
de traidor con una
contrate han clonado y un lo
fezile al
en el traido la
dicha paga mi gallardo retenga En
si centido venda al al por
el que hallane y su procedido tome
España En quenta del al dicha devida y lo ponga
pago a dicha que
tan costante poden como
requiere mi traçion para cuya |