| 97Sección 3a
Nº 1453
C. Prefecto. Presente.
Atendiendo el C. Gob[ernad]or al informe que pro-
duce U[ste]d en oficio nº 300 fecha 14 del actual, rela-
tivo a la solicitud de la S[eño]ra Bárbara Ávalos,
vecina de Capula, tuvo a bien conceder a éstá
el permiso que pretende para enajenar las
cuatro fracciones de terreno de labor que, como in-
dígena y personera del mismo pueblo ha po-
seído y están situadas en los puntos llama-
dos “El Tejocote,” “La Joya,” “El Rincón de los Pozos” y “Mesa
de San Bernabé,” jurisdicción del respectivo
pueblo.
Lo digo a usted en contestación
J y L Marzo 19 de 1907. J.M.G.R. O.M
Sección 3a
Nº1454
Señora Bárbara Ávalos. Capula.
En vista de la solicitud de U[ste]d fecha 25
de Febrero último en el informe que acerca de
ella produce la Prefectura del Distrito, el C.
Gob[ernad]or se ha servido concederle el permiso que
pretende para que, sin perjuicio de tercero,
enajena los cuatro fracciones de terreno de
labor que ha poseído quieta y pacíficamen-
te como indígena y persona era de este pueblo,
bajo la inteligencia en que las referidas
fracciones tienen la extensión y linderos
siguientes.
La primera está situada en “El Tejocote” tiene
por el Oriente cuarenta y cuatro metros y linda
con Valeriano Martínez; por el Poniente, igual
número de metros y linda con Ambrosio | 97Sección 3a
Nº 1453
C. Prefecto. Presente.
Atendiendo el C. Gob[ernad]or al informe que pro-
duce U[ste]d en oficio nº 300 fecha 14 del actual, rela-
tivo a la solicitud de la S[eño]ra Bárbara Ávalos,
vecina de Capula, tuvo a bien conceder a éstá
el permiso que pretende para enajenar las
cuatro fracciones de terreno de labor que, como in-
dígena y personera del mismo pueblo ha po-
seído y están situadas en los puntos llama-
dos “El Tejocote,” “La Joya,” “El Rincón de los Pozos” y “Mesa
de San Bernabé,” jurisdicción del respectivo
pueblo.
Lo digo a usted en contestación
J y L Marzo 19 de 1907. J.M.G.R. O.M
Sección 3a
Nº1454
Señora Bárbara Ávalos. Capula.
En vista de la solicitud de U[ste]d fecha 25
de Febrero último en el informe que acerca de
ella produce la Prefectura del Distrito, el C.
Gob[ernad]or se ha servido concederle el permiso que
pretende para que, sin perjuicio de tercero,
enajena los cuatro fracciones de terreno de
labor que ha poseído quieta y pacíficamen-
te como indígena y persona era de este pueblo,
bajo la inteligencia en que las referidas
fracciones tienen la extensión y linderos
siguientes.
La primera está situada en “El Tejocote” tiene
por el Oriente cuarenta y cuatro metros y linda
con Valeriano Martínez; por el Poniente, igual
número de metros y linda con Ambrosio
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