y por el Norte 200 metros, lindando
con terreno de María Guadalupe
López.
Las dos fracciones de terre-
no que acaban de deslindarse las
posee la Señor Delgado como par-
cionero de la extinguida comuni-
dad de indígenas del pueblo de
Capula, la primera tiene ca-
pacidad como para 35 litros
de sembradora de maíz y la
segunda para 12 y su conjunto
representan un valor aproxima-
do de cien pesos, cuya cantidad
no excederá de haber que podría
corresponderle al solicitante
una vez verificado el reparto de tie-
rras entre los demás parcioneros
del pueblo de qué se trata; bajo
el concepto de que no se tiene co-
nocimiento que el referido Del-
gado haya enamorado con ante-
rioridad otros bienes pertene-
cientes a los Indígenas.
Lo que me
honro de comunicar a U[ste]d por
vía del informe y como contesta-
ción al oficio número 1216 de
la Sección 3a de esa Secretaría
fecha 8 del actual devolvien