Sección 3a
Nº 1585
C. Prefecto. Presente.
El C. Gob[ernad]or tomando en consideración el
informe contenido en el oficio de U[ste]d nº 325 de U[ste]d
del que sigue, tuvo á bien conceder á la Señora
María Carmen Duarte, la licencia que solici-
ta para vender, sin perjuicio de tercero, el terre-
no de labor que en su calidad de indígena y
parcionera del pueblo de Capula posee en el
punto conocido con el nombre de “El Camuego,”
cuyo terreno tiene la extensión y linderos
que expresa el citado oficio de U[ste]d.
Lo que por acuerdo del mismo C. Gob[ernad]or comu-
nico a U[ste]d para su conocimiento.
J y L. Marzo 27 de 1907. J.M.G. Real. Of. M.
Sección 3a
Nº 1586
S[eño]ra María Carmen Duarte. Capula
Visto el ocurso de U[ste]d fecha 27 de Febrero
próximo anterior y el informe que acerca de
él produjo la Prefectura del Distrito el C. Gob[ernad]or
tuvo a bien conceder a U[ste]d el permiso que so-
licita para vender el terreno de labor que
en su calidad de indígena y parcionera
de ese pueblo ha poseído en el punto cono-
cido con el nombre de “El Camuejo” cuyo terre-
no tiene la extensión y Linderos siguien-
tes. Por el Oriente mide 243 metros y linda
con Vicente Ferreira; por el Poniente 245 metros y
linda con Rafael Martínez; por el Sur 60 me-
tros y linda con José Trinidad Ferreira; y por
el Norte 62 metros lindando con el camino
que conduce a esta capital.
Lo digo a usted en orden superior, para