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Camila Ordorica at Jun 03, 2022 11:20 AM

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Cº Nº 1041
Ciudadano Gobernador del Estado

Los que suscribimos Hilario Tovar Ruiz
García, María Francisca Landa, Anastacio Guzmán,
Juan Santillán, Francisco Herrera, Pedro Pineda,
Camilo y Luis Piña, Santiago Landa y Ramón
Sánchez vecinos del rancho de Iratzio y ellos dos últi-
mos del rancho de Buenabista pertenecientes a este
pueblo de Capula ante U[ste]d. respetuosamente compa-
recemos para exponer que en el mes de Noviembre
de mil novecientos sinco fuimos notificados por los
C.C. Hermenegildo García e Ismael Sosa para que
compramos los solares que habitamos en el ran-
cho de nuestro domicilio manifestándonos que el
Señor Sosa era el comisionado especial nombrado por
el Supremo Gobierno para bender dichos dólares y el
Señor García nombrado por la misma autoridade
para otorgarnos las escrituras como representante
de la excomunidad, y una bez conbenidos en la com-
pra les enteramos el valor de cada solar cómo lo
justificamos sí necesario fuere; habiendo quedado
obligados entregarnos nuestras escrituras y como as-
ta esta fecha no nos han extendido dichos documen-
tos, y nosotros teniendo que benga algún cobro de con-
tribuciones a la excomunidad por la administración de
Rentas y no se encuentran sin documentos que acre-
diten nuestra propiedad
Por estas razones.

29

Cº Nº 1041
Ciudadano Gobernador del Estado

Los que suscribimos Hilario Tovar Ruiz
García, María Francisca Landa, Anastacio Guzmán,
Juan Santillán, Francisco Herrera, Pedro Pineda,
Camilo y Luis Piña, Santiago Landa y Ramón
Sánchez vecinos del rancho de Iratzio y ellos dos últi-
mos del rancho de Buenabista pertenecientes a este
pueblo de Capula ante Ud. respetuosamente compa-
recemos para exponer que en el mes de Noviembre
de mil novecientos sinco fuimos notificados por los
C.C. Hermenegildo García e Ismael Sosa para que
compramos los solares que habitamos en el ran-
cho de nuestro domicilio manifestándonos que el
Señor Sosa era el comisionado especial nombrado por
el Supremo Gobierno para bender dichos dólares y el
Señor García nombrado por la misma autoridade
para otorgarnos las escrituras como representante
de la excomunidad, y una bez conbenidos en la com-
pra les enteramos el valor de cada solar cómo lo
justificamos sí necesario fuere; habiendo quedado
obligados entregarnos nuestras escrituras y como as-
ta esta fecha no nos han extendido dichos documen-
tos, y nosotros teniendo que benga algún cobro de con-
tribuciones a la excomunidad por la administración de
Rentas y no se encuentran sin documentos que acre-
diten nuestra propiedad
Por estas razones.