C. Prefecto - Presente
El Ciudadano gobernador ha se-
rvido a bien conceder la licencia sin per-
juicio de tercero, al C Isidro Trujillo pa-
ra que se enajena un terreno de labor que
como parsionero de la excomunidad
de Capula tiene inquieta y pacífica pose-
sión, el cual está situado en “La Nopale
Ra.”
Lo digo a usted en consideración a su
oficio nº 284 fecha 11 del actual
Morelia, Marzo 14 de 1907
J. Manuel G. Real G.M.
C Isidro Trujillo. Capula
Este gobernador atesto el informe pre-
vio que en relación al ocurso de usted fe-
cha 22 de Febrero último rindió la prefectura de este
Distrito ha servido habían concederle licen-
cia sin prejuicio tercero para que ena-
jenen la fracción de terreno que como par-
cionero de esa excomunidad posee quieta
y pacíficamente en “La Nopalera”; siendo la
exclusión y lindero de aquello los siguientes:
por el Oriente mide 234 metros y linda con
terreno de Ramón Espinosa; por el Poniente
114 m cilindro con terreno de He-
Gario Escobar; por el Sur 234 y linda
con terreno del expresado Escobar y por el
Norte 235 metros, lindando con terreno de
J. Inés Fernández.
Lo digo a usted como resultado de su
ocurso supradicho
Morelia, Mayo 14 1907
J. Manuel G. Real G.M.