| page_0083de excomunion late sententia en que yncurran lo contrario saciendo nng[]a?
Persona de qual queer estado, orden, condisiony que eminencia que sea qui
te esta nuestra carta de donde fuera foxada?, cuya absolucion anos Ser?
senuamos dada en s[]y/ Joan de JS?estiguacan a catorse dias del mes de
Henero demully seisceintos Y vemteyquatro anos . El? Arcobispo de Mex[i]co por
mandado del Arcobispo mi senor [d]el Bacbuller C S[]rrstoualde Haro notar[]o?
A que sede aduerhr? quela caussa queda El S[]r Arcobispo para pronun-
ciar esta sentencia declaratoria, es por aver? mandado executar los
autos de? Pronunciaron los senores oy? dores S[eno]r? por esta caussa con esta
que esta sentencia contiene error into? lerable por no cuerdado su ex[]a
tal caussa ni mandado executar los diebos autos por que los senores?
Oidores que los pronunciaron los mandaron executar como de ellos cons-
ta ni suex[]a dio comicion al d[ic]ho Alcalde Loreneo Ferrones, ni alos
demas para execicion los drejos? autos, por que esta commiss[i]on Ladieron
Firmada de sies nombres los mismos senores oy? dores, que presentaron los
autos como de el proseso puede constar con luidenciay? con la misma cons-
ta no querdado suex[]a? la caussa de Ladbader Laracion y aunque seauer?-
dad q[ue] suex[]a sendalo? y nombro las personas a quien dieron Ladera?
Commicion los senores Oidores Y consintio que seladiesen y por venta-
dio consejo en ello, y puede Arguirse que yncurrio por el d[ic]ho nombran.
Consejo, o consennimento en la sensura del capitulo Siguis suadente
donde dice, qui temere percuserit? aut ceperit?seu garniuerit? vel secemandaue-
rit peri aut facta abalys rata sabuerit?volfotius in sis ficrit? faciendis aut
concilium en sis dederit aut faborem S[eno]r ? Pero es mucho de dueriix? quean casso q[ue]
Suex[]a? Suucesse hecho estas cossas j? no esta declarado por ellas sino por las
que no suo como con sta de la caussa expresada en el d[ic]ho auto y no frindo
lo que suex[]a dio Sino laqueno dio y esto es tan evidente por el secho y
los autos del prosesso, no queda escussa alguna para lebran esta sen-
tencia del ynto lerable error que la hace injustorynula?, como lo es eti?
am. causo negudo que El S[en]or Arcobispo fulliera?autsoridad y juridicion
leginima para poder excomulgar y declarar a el suex[]a | page_0083de excomunion late sententia en que yncurran lo contrario saciendo nng[]a?
Persona de qual queer estado, orden, condisiony que eminencia que sea qui
te esta nuestra carta de donde fuera foxada?, cuya absolucion anos Ser?
senuamos dada en s[]y/ Joan de JS?estiguacan a catorse dias del mes de
Henero demully seisceintos Y vemteyquatro anos . El? Arcobispo de Mex[i]co por
mandado del Arcobispo mi senor [d]el Bacbuller C S[]rrstoualde Haro notar[]o?
A que sede aduerhr? quela caussa queda El S[]r Arcobispo para pronun-
ciar esta sentencia declaratoria, es por aver? mandado executar los
autos de? Pronunciaron los senores oy? dores S[eno]r? por esta caussa con esta
que esta sentencia contiene error into? lerable por no cuerdado su ex[]a
tal caussa ni mandado executar los diebos autos por que los senores?
Oidores que los pronunciaron los mandaron executar como de ellos cons-
ta ni suex[]a dio comicion al d[ic]ho Alcalde Loreneo Ferrones, ni alos
demas para execicion los drejos? autos, por que esta commiss[i]on Ladieron
Firmada de sies nombres los mismos senores oy? dores, que presentaron los
autos como de el proseso puede constar con luidenciay? con la misma cons-
ta no querdado suex[]a? la caussa de Ladbader Laracion y aunque seauer?-
dad q[ue] suex[]a sendalo? y nombro las personas a quien dieron Ladera?
Commicion los senores Oidores Y consintio que seladiesen y por venta-
dio consejo en ello, y puede Arguirse que yncurrio por el d[ic]ho nombran.
Consejo, o consennimento en la sensura del capitulo Siguis suadente
donde dice, qui temere percuserit? aut ceperit?seu garniuerit? vel secemandaue-
rit peri aut facta abalys rata sabuerit?volfotius in sis ficrit? faciendis aut
concilium en sis dederit aut faborem S[eno]r ? Pero es mucho de dueriix? quean casso q[ue]
Suex[]a? Suucesse hecho estas cossas j? no esta declarado por ellas sino por las
que no suo como con sta de la caussa expresada en el d[ic]ho auto y no frindo
lo que suex[]a dio Sino laqueno dio y esto es tan evidente por el secho y
los autos del prosesso, no queda escussa alguna para lebran esta sen-
tencia del ynto lerable error que la hace injustorynula?, como lo es eti?
am. causo negudo que El S[]or Arcobispo fulliera?autsoridad y juridicion
leginima para poder excomulgar y declarar a el suex[]a |