| page_0007que siguio el Capittan d[on]. Rodigo Mexia Altamira
no como Padre legittimo, y Adm[inistrad]or. de d[oñ]a. Juana Mexia
Altamirano y Tovar su Hija con el Liz[encia]do. d[on]. Martin
de Lastterra, y Echaide sobre la Posecion de los vienes
del Vinculo que fundo d[ic]ho d[on]. Antonio de Echaide
se declaró por nula de ningun valor ni efectto la
revocazion hecha por el d[ic]ho d[on]. Antonio de Echaide
del vinculo de 40 U p[es]os. quel suso d[ic]ho, y D[oñ]a. Maria
de Tovar su muger fundaron por escrittura
de 27 de Nov[iembr]e. de 1629 años, y por valida y firme
la d[ic]ha fundacion del vinculo, y asi mismo se declaró
succeder, y haver succedido en d[ic]ho vinculo y en el
Pattronasgo de la Yglesia de S[a]n. Franz[isco]de Queretaro
la d[ic]ha d[oñ]a. Juana Mexia Alttamirano y Tovar co-
mo hija legittima de D[oñ]a. Luisa de Tovar, y d[on]. Rodrigo
Mexia Altamirano y pertteneserle a la suso d[ic]has
y sus succesores conforme a la fundacion, y llama
mienttos. | page_0007que siguio el Capittan d[on]. Rodigo Mexia Altamira
no como Padre legittimo, y Adm[inistrad]or. de d[oñ]a. Juana Mexia
Altamirano y Tovar su Hija con el Liz[encia]do. d[on]. Martin
de Lastterra, y Echaide sobre la Posecion de los vienes
del Vinculo que fundo d[ic]ho d[on]. Antonio de Echaide
se declaró por nula de ningun valor ni efectto la
revocazion hecha por el d[ic]ho d[on]. Antonio de Echaide
del vinculo de 40 U p[es]os. quel suso d[ic]ho, y D[oñ]a. Maria
de Tovar su muger fundaron por escrittura
de 27 de Nov[iembr]e. de 1629 años, y por valida y firme
la d[ic]ha fundacion del vinculo, y asi mismo se declaró
succeder, y haver succedido en d[ic]ho vinculo y en el
Pattronasgo de la Yglesia de S[a]n. Franz[isco]de Queretaro
la d[ic]ha d[oñ]a. Juana Mexia Alttamirano y Tovar co-
mo hija legittima de D[oñ]a. Luisa de Tovar, y d[on]. Rodrigo
Mexia Altamirano y pertteneserle a la suso d[ic]has
y sus succesores conforme a la fundacion, y llama
mienttos. |