| page_0011en ella "dije" contra fran[cis]co Rodriguez y - Perez [tachado] en la d[ic]ha cuidad - los tenian por
judios y tenian por tales y la hara tambien si
otra cossa huviere contra ellos, remitiendo el hazerla al com-
missario que el s[an]to off[ici]o de la inq[uisi]cion [tachado] de Portugal
tuviera en la d[ic]ha ciudad de Langacaque con orden que
examine - que hallare saber deste casso por
procederse ya en este s[an]to off[ici]o, contra ellos y estar secrestados
los bienes del d[ic]ho - Peres y en esta ciudad de Mex[i]co, es-
criuiendole que quando - en esse districto cosas tocanse
a la d[ic]ha inq[uisi]cion de Portugal se acudiria con buena voluntad,
en corresponden[ci]a de lo bien que hiziere,
Assimismo sea uisto lo que escriue contra doña Anna[o?]
- y muger del cap[ita]n don Juan de Camudio de que ha tenido reinci-
dencias en materia de hechizerias con los papeles quenesta
sazon embio y [apar?] que por agora no ay que hazer pues no mescla
enellas cossas sagradas y venditas como lo disponen las instru[si]ones
que estan alla, y assi es bien mirarlas para no [eso?] ceder un
punto delo que en ellas se dize,
Tambien se a uisto lo que escriue cerca de fray Lorenco de Leon
Provincial de la orden de s[an] Aug[usti]n, y en lo tocante al sermon
que hizo el dia de la promulgacion del edicto del hordinario
diziendo que el era el Inq[uisid]or y que assi podian hazer ante el
sus denunciaciones en materia de inq[uisici]on y cosas de la fee [apar]ce
le haga llamar ante y ante [tachado] el notario Benito de Mendiola
le reprenda por ello aduirtiendole que de aque adelante no diga
al pueblo en pu[bli]co ni en secreto, pues no cumplen en materia de
fee ni en las cosas contenidas en el edicto g[ener]al de la inq[uisi]cion, sino
denuncian dellas ante los Inq[uisid]ores o sus commissarios, y que [si?]
se huviera tenido attencion a cosas que a ello | page_0011en ella "dije" contra fran[cis]co Rodriguez y - Perez [tachado] en la d[ic]ha cuidad - los tenian por
judios y tenian por tales y la hara tambien si
otra cossa huviere contra ellos, remitiendo el hazerla al com-
missario que el s[an]to off[ici]o de la inq[uisi]cion [tachado] de Portugal
tuviera en la d[ic]ha ciudad de Langacaque con orden que
examine - que hallare saber deste casso por
procederse ya en este s[an]to off[ici]o, contra ellos y estar secrestados
los bienes del d[ic]ho - Peres y en esta ciudad de Mex[i]co, es-
criuiendole que quando - en esse districto cosas tocanse
a la d[ic]ha inq[uisi]cion de Portugal se acudiria con buena voluntad,
en corresponden[ci]a de lo bien que hiziere,
Assimismo sea uisto lo que escriue contra doña Anna[o?]
- y muger del cap[ita]n don Juan de Camudio de que ha tenido reinci-
dencias en materia de hechizerias con los papeles quenesta
sazon embio y [apar?] que por agora no ay que hazer pues no mescla
enellas cossas sagradas y venditas como lo disponen las instru[si]ones |